Consideraciones para un sistema de derechos humanos al revés
Para esta propuesta he recurrido a los trabajos de dos notables figuras de la filosofía contemporánea: Hannah Arendt[i] y Alain Badiou[ii]. Considero pertinentes sus propuestas, porque nos permiten entender y pensar la situación actual del mundo antes de poder analizar o pensar el concepto de los llamados “derechos humanos”. Considero imprescindible comprender la situación actual del mundo, el funcionamiento básico del sistema de derecho internacional y la inserción de los derechos humanos en ese sistema.
En el prólogo de su obra, Arendt prevé dos eventos amenazantes que impactan lo humano y su ser político. A propósito de los avances de la ciencia y la meta del conocimiento científico de producir “humanos superiores” cuya vida rebase por mucho los cien años, humanos animados por una rebelión contra su propia existencia humana, que les ha sido dada, intercambiándola por una creada artificialmente a través de máquinas que piensen y hablen por ellos, Arendt concluye que si en efecto fuera cierto que el know-how (saber hacer) y el pensamiento se han separado para siempre entonces los humanos nos convertiríamos en esclavos no tanto de nuestras máquinas como de nuestro “saber-hacer”, y en creaturas sin pensamiento a la merced de cada aparato (“gadget”) que sea técnicamente posible, no importa lo letal que pueda ser.[iii] Por ejemplo, los drones, cámaras glorificadas para la población general, pero armas de destrucción masiva para los militares o también el smart-phone que en realidad no es un teléfono sino una computadora de bolsillo.
Tal derrotero nos conduciría, según Arendt, a adoptar una forma de vida en la que el lenguaje (“speech”) ya no es significativo.[iv] Palabras sin significado. Imposible, por lo menos para mí, no pensar aquí en el discurso político de Trump, fake-language de un fake-president, o el de la mercadotecnia. Considero que conforme a las actuaciones de los Estados soberanos que componen el orden mundial y que detallaré a continuación, la denominada “declaración universal de los derechos humanos” se acerca vertiginosamente a convertirse en meras palabras carentes de significado.
El segundo evento amenazante, según Arendt, es la automatización, ahora más amenazante, a mi entender, por la llamada “Inteligencia Artificial”. Para Arendt la modernidad ha glorificado teóricamente lo que ella define como “labor” (actividad propia del proceso biológico del cuerpo humano cuya condición humana es la vida misma)[v] y de facto la sociedad se ha transformado en “laboriosa”, en la que los humanos están ocupados en laborar, es decir, en subsistir. Ahora bien, la automatización promete entonces liberar al humano de su labor que es lo único que sabe hacer, desconociendo ya actividades superiores o más significativas que merezcan que el humano recupere su libertad. El prospecto es una sociedad de obreros sin obra, laborers without labor, sin la única actividad que les quedaba. Arendt sentencia que nada pudiera ser peor.[vi] ¿Acaso no es la proximidad de ese evento lo que ha contribuido a que cada vez sean más los desplazados sin acceso al mundo laboral y, consecuentemente, sin acceso a los mercados? Lo cual, retomando la tesis de Badiou, sería letal para ese ser humano en la medida en que para el capital el humano es reconocido únicamente como asalariado y consumidor.[vii] Un humano en estas condiciones sería sentenciado por el capital a un “estar mal” o malestar existencial. Similarmente, Colette Soler, discípula de Lacan, se ha referido al psicoanálisis como el heredero de los derechos humanos en la medida en que valora al individuo, trabajando con su memoria particular, posibilitando que se reapropie de su deseo y lo actúe, atendiendo además su angustia en lugar de la “depresión” (discurso creado por el capitalismo puesto que la “depresión” impide la productividad de los asalariados y entonces pretende combatirla con entretenimiento, enajenación y realidad virtual).[viii]
Hay dos acepciones principales para la palabra ‘revés’: El reverso de algo o “su otra cara”, pero también un revés es un contratiempo, un obstáculo e incluso un daño o un perjuicio. Utilizo aquí ambas acepciones porque el sistema de derechos humanos, declarado por primera vez en 1789 con la Revolución Francesa y luego en 1948 (10 de diciembre) con la Declaración Universal de esos derechos, ha sufrido contundentes reveses desde 1975 en Cambodia con un estimado probable de 2.2 millones de personas asesinadas, seguido de la Masacre de El Mozote en El Salvador ocurrida en diciembre de 1981 con más de 1,000 asesinados, mayormente niños, luego en 1991 la guerra de los Balcanes (Yugoslavia), en 1994 la masacre de los Tutsis en Ruanda, la llamada “Guerra contra el terrorismo” iniciada por los EEUU a partir del 11 de septiembre de 2001, seguida en el 2003 por la matanza en Darfur iniciada por Sudán, entre otros crímenes contra la humanidad.
A mi entender, sin embargo, el mayor revés de los derechos humanos es precisamente el triunfo del capitalismo en el planeta. Sin embargo, no se trata de una sola causa, sino de un efecto combinado de su influencia en el estado actual del mundo. Sostengo que el mundo actual es tan distinto al de 1948 que hoy sería imposible promulgar, mucho menos adoptar, la Declaración Universal de Derechos Humanos que conocemos.
¿Cuál es entonces ese estado actual del mundo? Retomo tres planteamientos de Alain Badiou a propósito de una conferencia que dictó luego de los atentados del 13 de noviembre de 2015 en Francia.[ix] En el 2015, Badiou enmarca su discusión con cifras de la desigualdad económica entre la población mundial que de por sí eran impactantes entonces y ahora son más graves en términos cuantitativos. Credit Suisse, banqueros y capitalistas por antonomasia, han estimado que al final del año 2017 128 billonarios poseían la misma riqueza, entiéndase dinero y propiedades, que el 50% de la población, compuesto por los más pobres del planeta, y que suman, 3,600 millones de personas.[x]
Para entender estas cifras que, por su magnitud, retan nuestro entendimiento y rebasan nuestros presupuestos, propongo esta analogía. Igualemos la riqueza que poseen los 128 billonarios más ricos del planeta a un edificio de 128 pisos y que cada uno de ellos dispone de un piso para su disfrute. Igualando entonces esa riqueza a la que posee el 50% de la población del planeta, compuesto por los más pobres, éstos tendrían que arreglárselas con un piso repartido entre 28,125,000 personas.
Con este marco actualizado, hay tres instancias, temas entrelazados intrínsecamente, que permitirían definir el estado actual del mundo: (1) El triunfo del capitalismo en una escala planetaria; (2) El debilitamiento del Estado-nación, es decir, el Estado soberano y; (3) Las nuevas formas de imperialismo. En síntesis, e intentando evitar caer en una sobresimplificación, el triunfo del capitalismo se impone en dos vertientes, la objetiva, evidenciada por las cifras ya mencionadas, y la subjetiva, en la medida en que ha aniquilado el prospecto de cualquier otra alternativa, representándose como la única posibilidad económica en el mundo. La hegemonía del capitalismo se percibe, por tanto, de forma absoluta. Su triunfo responde a aquello que Marx muy atinadamente señalaba en su Grundrisse (Fundamentos de una crítica de la economía política) cuando describía al capital como una adicción o compulsión ilimitada y desenfrenada de enriquecimiento, traducida también al inglés como unlimited mania for wealth.[xi] Originalmente en alemán: Das Kapital in seiner unbeschränkten Bereicherungssucht].
El avance del capital es agresivo y violento. El capital lo devora todo y no parecería haber ética o moral que limite esa adicción ilimitada de enriquecimiento. Badiou sostiene que el capital solo reconoce al ser humano como asalariado y consumidor. No hay pues reconocimiento de su humanidad, el sujeto está despojado de lo humano. De ahí concluye que el 50% del planeta, compuesto por los más pobres, “no cuenta” para el por ciento dominante, entiéndase el 8.6 de la población mundial que posee el 86% de la riqueza ni para el 41.4% compuesto por la clase media.[xii] Se pretende que no existen y las vidas en los países denominados como “avanzados” se conduce obliterando al resto del planeta. Como ejemplo, autodestructivo en realidad, aunque no se perciba así por la parte actora, consideremos las actuaciones de Trump contra el ambiente y contra el cambio climático al retirar a EE.UU. del acuerdo de París, al remover los límites en las emisiones de bióxido de carbono y gas metano y el permiso irrestricto para las perforaciones marinas en busca de petróleo. Los daños al ambiente de todas estas actuaciones están ampliamente documentados y son materia aceptada por la comunidad científica mundial.
Como sistema económico, y a base de lo dicho, el triunfo del capitalismo ha creado además corporaciones con mayor poder financiero que el 90% de los países del mundo. En semanas recientes la noticia financiera de actualidad era que Apple había sobrepasado el trillón de dólares, que equivale a un millón de millones de dólares. Solo hay 15 países con mayor producto interno bruto. El resto de los 211 países del mundo está por debajo. El poder económico de Apple es equivalente al de México y superior al de Suiza, Arabia Saudita, Holanda, Indonesia, Turquía, Bélgica, Suecia o Noruega. A Apple le siguen de cerca Amazon.com, Alphabet, Microsoft, Facebook y Alibaba.
Estos gigantes corporativos son considerados simples “ciudadanos” ante la ley, existentes al amparo de un estado particular, pero en la realidad se trata de una especie de red cuyo centro se encuentra físicamente en algún territorio, pero cuyo alcance se esparce por el mundo “sin fronteras y sin límites”, como el propio capital. Podría argumentarse que no están dotados de una estructura de gobernanza equiparable a los Estados y que no tienen capacidad de promulgar leyes, pero una mirada más profunda a su dinámica con relación a los gobiernos demuestra que en un mundo dominado por el capital, el poder financiero de estas empresas es capaz de corromper funcionarios de casi cualquier gobierno.
Por lo tanto, es inevitable el debilitamiento del Estado y su poder ante estas entidades. Estas entidades avasalladoras han desplegado nuevas formas de imperialismo que atacan frontalmente al Estado, pero además el trabajo y la vida misma de los ciudadanos. Badiou propone denominar ciertas áreas geográficas que producen la materia prima necesaria para que las metrópolis sostengan sus estilos de vida opulentos como “zonas francas” o “zonas de pillaje” que, ante el debilitamiento del Estado, o incluso su desaparición efectiva sobre el territorio, operan sin ley y de acuerdo a la dinámica del capital. En síntesis, estas zonas escapan la acción estatal debilitada y operan al margen del derecho.[xiii]
Con este trasfondo no debe sorprender que una forma grotesca y distorsionada de fascismo resurja con figuras como Donald Trump, Jair Bolsanaro y otros cuyos estandartes son el totalitarismo, el chovinismo, la tortura, las guerras tarifarias, el racismo, el anti-semitismo (otra vez), el menosprecio y el abuso de la mujer, la violencia contra el ambiente y el ataque frontal al derecho internacional negando el asilo político a perseguidos y desplazados. A los 60 años de la declaración universal de los derechos humanos me parece que nos encontramos en un punto bajo, si no el más bajo, de la protección de esos “derechos”.
En el mundo en que reina al capitalismo, las sanciones económicas son en efecto un arma letal. El origen de esta ponencia surgió precisamente en una plática con la Profesora Gómez en que sostenía que los países dominantes del planeta sólo reconocen como crímenes internacionales aquellos en los que ya no tienen que incurrir para lograr el mismo resultado. De ahí que ni siquiera esté contemplado que un embargo, equivalente a sitiar un castillo y cortarle el suministro de agua y de alimentos, constituya un posible crimen de lesa humanidad cuando es utilizado para oprimir a un pueblo o una nación entera. Por otro lado, el pasado mes de septiembre 2018, el Secretario de Estado de los EE.UU., Bolton, denunció que el intento de procesar criminalmente soldados estadounidenses por alegados crímenes de guerra en Afganistán sería considerado como una afrenta a los Estados Unidos y amenazó con sancionar y procesar criminalmente, en los Estados Unidos, a los jueces del tribunal internacional de crímenes de guerra.
Sin duda los derechos humanos están en grave peligro. Esta misma semana Ángela Merkel se pronunció escéptica y negó que hoy en día el orden mundial adoptara la declaración universal de derechos humanos de 1948.
Me parece pertinente entonces considerar los elementos esenciales del sistema actual de los derechos humanos. Para ello es necesario adentrarse en las nociones básicas del derecho internacional. Históricamente la consagración del principio de la soberanía del Estado, según lo conocemos hoy, data de 1648 con la paz de Westfalia que puso fin a la cruenta guerra de los Treinta Años en Europa. Este orden, llamado westfaliano, impuso un régimen de respeto mutuo entre naciones constituidas como Estados, soberanos e iguales, cuya piedra angular sería el llamado principio de la no intervención en los asuntos internos de otro Estado. La paz duró hasta 1789 con la Revolución Francesa. En 1815 el Congreso de Viena establece un nuevo sistema, pero basado en el orden westfaliano del respeto a la soberanía de los demás Estados. En 1914 el orden se desmorona ante la Primera Guerra Mundial, surge al final de la guerra la Sociedad de Naciones, pero ésta fracasa al no poder evitar la Segunda Guerra Mundial y es en octubre de 1945 que se firma la Carta de las Naciones Unidas que crea la Organización de las Naciones Unidas. La ONU nuevamente toma el principio de la soberanía de los Estados por lo que el sistema opera primordialmente por consenso. Las estructuras, organizaciones y componentes de la ONU y su interacción están fuera del alcance de esta ponencia, sin embargo, es indispensable indicar que uno de los pilares más importantes del rejuego entre los Estados soberanos es la ausencia del carácter vinculante de los acuerdos adoptados a no ser que sea por medio de tratados, suscritos por el Estado soberano y luego ratificados por la Rama Legislativa del Estado para que finalmente adquiera el carácter de ley.
Estructuralmente existe una diferencia marcada entre el sistema de gobierno de los ciudadanos frente al Estado y el sistema de derecho internacional de los Estados frente a ese organismo creado por ellos mismos que es la ONU. El orden establecido es claramente distinto. Mientras que el ciudadano no es “soberano”, puesto que el Estado tiene disponible el poder coercitivo de la ley, sea civil o penal, la ONU no tiene ese mismo poder. Dicho de otro modo, mientras que el Estado es soberano en su territorio o jurisdicción, la ONU no lo es sobre el planeta.
A mi juicio ahí reside la debilidad principal seguida por la falta de un brazo que haga cumplir los acuerdos adoptados por los Estados. Tal órgano no existe al nivel internacional por lo que es común que un Estado viole una norma internacional sin consecuencias equiparables a las penas del Derecho Penal que ejecuta el Estado con sus ciudadanos.
Claro que existen los tratados y que los países que los suscriben y los adoptan localmente los tienen que respetar como ley, pero no existe un poder coercitivo que haga responsable al Estado por la violación y lo que realmente ocurre en el orden internacional es que las naciones económicamente más poderosas someten a las menos poderosas a través de sanciones de carácter económico como embargos o bloqueos. Esto en ocasiones puede traducirse en la ruina de una nación o en la pérdida de vidas humanas por el hambre, la sed y la enfermedad, pero hasta ahora ningún Estado, especialmente los poderosos, ha acordado o suscrito un tratado que considere tales prácticas como crímenes internacionales. En síntesis, dado que la premisa base es una falsa igualdad entre los Estados, el sistema realmente opera con dobles varas.
Otra premisa de falsa igualdad posibilitó también que en 1948 61 naciones de la joven ONU redactaran y suscribieran una declaración, denominada universal, de 30 artículos cuyo contenido son los conocidos derechos humanos. Entiendo que la Prof. [Erika] Fontánez atenderá en su ponencia el contenido de este concepto de derechos humanos por lo que no detallaré sus fundamentos o sus límites aquí, pero para considerar un sistema de derechos humanos diferente al actual hay que primero establecer una debilidad inherente derivada del límite de poder de la ONU frente a los Estados al que hice referencia antes. La declaración de derechos humanos se denomina “universal” y se le quiere impartir un alcance planetario, pero su diferencia con la Carta de Derechos que un ciudadano ostenta frente a un Estado soberano es marcada en la medida en que la declaración está primeramente mediada por un Estado soberano puesto que el ciudadano, que no es ciudadano del mundo sino de un Estado particular, no puede reclamar su derecho directamente ante la ONU, pero incluso si pudiera tampoco la ONU tendría el poder coercitivo sobre el Estado para obligarlo a reconocerle o a proteger ese derecho de ese humano. La ONU no es soberana en el planeta.
Hannah Arendt, según el filósofo francés Étienne Balibar en su ensayo “Arendt, le droit aux droits et la désobéissance civile” [En español: “Arendt, el derecho a los derechos y la desobediencia civil”], formula una crítica de este sistema que consiste en una refutación directa del fundamento ideológico del Estado soberano (la nación-estado) en sí.[xiv] Por ello Balibar propone que los derechos humanos operan precisamente al revés de cómo se percibieron originalmente puesto que son los derechos humanos la construcción secundaria a los derechos civiles que un ciudadano posee ante la nación a la que pertenece y no al contrario. Por lo tanto, ya que lo que realmente existe es la soberanía del Estado y el ciudadano, es ciudadano de ese Estado en específico, el derecho que posee es primeramente civil como ciudadano de ese Estado y secundariamente como derecho humano.
A pesar de la crítica contra esta postura de Arendt por los “iusnaturalistas” que interpretan que dicho ciudadano no tendría derechos si no perteneciera a un Estado y eso daría al traste con el carácter “inalienable e intrínseco” de los derechos humanos, Balibar aclara en su ensayo que Arendt no sostiene que solamente las instituciones políticas creen derechos y que los seres humanos fuera de estas instituciones no tengan derechos. Más bien su idea es que “fuera de la institución de la comunidad no hay seres humanos” por lo que Arendt no intenta relativizar o abolir la asociación entre la idea de lo humano y la idea de los derechos en términos generales, sino que al contrario, Arendt refuerza esta asociación cuando sostiene que “la idea de los derechos no puede desvincularse ni discernirse de la construcción de lo humano que es el efecto interno inmanente en la invención histórica de las instituciones políticas”. De ahí que el derecho primario no sea el derecho humano en sí (tesis derivada del derecho natural) ni tampoco los derechos civiles (tesis del positivismo legal) sino el “derecho a tener derechos”.[xv]
No obstante, las debilidades del sistema de derecho internacional están muy lejos de estar resueltas y puesto que los principales violadores de los derechos humanos, independientemente de cuál sea su fundamento filosófico o político, son los Estados, el tiempo apremia para repensar un orden mundial que efectivamente proteja a los seres humanos de su derecho a tener derechos.
Hace falta repensar el orden mundial para reformular esas garantías vitales de lo humano. Algunos sostienen que hay que abandonar el orden internacional creado a partir de la Segunda Guerra Mundial y crear un orden distinto mientras otros proponen fortalecer y dotar el orden existente con un brazo que haga cumplir leyes aplicables a todos los Estados y las haga cumplir con los mismos efectos de los Estados frente a sus ciudadanos. El debate, sin embargo, se da sin considerar el estado actual del orden mundial y su diferencia tan marcada con el orden del 1945.
Por otro lado, entiendo necesario además considerar otro revés o reverso que influye, a mi juicio, la noción misma del derecho: La obligación. El reverso de un derecho es precisamente la obligación del resto de los ciudadanos de respetar ese derecho. Cada uno de los derechos de los que cada ser humano es acreedor obliga al resto de la humanidad a respetarlo, protegerlo y procurar una consecuencia cuando se transgrede. Considero que mientras la perspectiva continúe enfocándose en la enunciación del derecho en lugar de en su dimensión obligatoria aplicable a los demás, no será posible dotar de poder a un ente supranacional cuyo fin sea proteger al ser humano de sus derechos, los que sean, frente a los Estados o frente a cualquier otro transgresor.
El panorama de las transgresiones a los llamados derechos humanos, ya no solo por los Estados, sino también por organizaciones no estatales, es desolador. El resurgimiento del fascismo y sus elementos totalitarios atentan con lanzar a la humanidad a momentos similares, nunca son iguales, a los que condujeron a las guerras mundiales. El orden mundial y sus componentes, los Estados, están efectivamente debilitados por el triunfo del capitalismo. Indudablemente estamos convocados a actuar. A mi juicio es el momento de la poíesis. Es el momento de construir, considerando las condiciones actuales del mundo, algo que no existe aún. Es preciso mirar desde una perspectiva distinta. Si la aspiración es universal no podemos mantener nuestra mirada en los regionalismos.
Para ello recurro a lo que el filósofo español Xavier Zubiri denominaba como la “pervivencia del pensamiento griego” y a Pierre Hadot en su obra “Qu’est-ce que la philosophie antique?” traducida al español con el título “¿Qué es la filosofía antigua?”, a propósito de la mirada desde arriba propuesta por epicúreos, estoicos y cínicos.[xvi] “Para Séneca”, nos dice Hadot, “el alma del filósofo, transportada en medio de los astros, lanza desde arriba del cielo una mirada hacia la Tierra, que le parece un punto. Se burla entonces del lujo de los ricos. Las guerras por las fronteras que los hombres ponen entre ellos le parecen ridículas, y los ejércitos que invaden los territorios no son sino hormigas que se afanan a un espacio limitado”.[xvii] Continúa Hadot diciendo “es también lo que piensa el cínico Menipo en el brillante relato de Luciano intitulado Icaromenipo, cuando habiendo llegado a la Luna ve a los hombres pelear estúpidamente por los límites de un país y a los ricos enorgullecerse de sus tierras, que, dice, no son más grandes que un átomo de Epicuro.”[xviii] Hadot concluye, “Mirar desde arriba es ver las cosas en la perspectiva de la muerte. En ambos casos, es considerarlas con desprendimiento, distancia, perspectiva, objetividad, tal cual son en sí mismas, situándolas en la inmensidad del universo, en la totalidad de la naturaleza, sin agregarle los falsos prestigios que les atribuyen nuestras pasiones y las convenciones humanas. La mirada desde arriba modifica nuestros juicios de valor sobre las cosas. El lujo, el poder, la guerra, las fronteras, las preocupaciones de la vida cotidiana se vuelven ridículos. Como vemos”, finaliza Hadot, “tomar conciencia de sí mismo, ya sea en el movimiento de concentración hacia uno o en el de expansión hacia el Todo, siempre requiere el ejercicio de la muerte, que es, en cierto modo, desde Platón, la esencia misma de la filosofía.”[xix] Recordemos, no obstante, que el revés de la muerte es precisamente la vida. La consideración de la muerte nos debe conducir a intentar una vida más plena.
Concluyo por el principio. Escogí titular esta ponencia utilizando la palabra “consideraciones” porque etimológicamente nos remite al sentido original de “observación cuidadosa de las estrellas” del prefijo latín “con” y de “sidus”, genitivo de “sideris”, “estrella, constelación, cuerpo celeste”. El revés de la observación de las estrellas es precisamente la observación desde las estrellas o, dicho de otro modo, la mirada desde arriba. Creo que es desde allí que debemos observar nuestra humanidad, nuestro planeta, nuestra realidad de habitantes de esa única casa que es esta Tierra. Acaso es desde allí que podremos hallar propuestas ya no solo para la dimensión universal de lo humano y sus derechos sino, por qué no también, para nuestra Universidad.
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[i] Arendt, H. (1958). The Human Condition (2nd ed.). Chicago: University of Chicago Press.
[ii] Badiou, A. (2015, Diciembre 3). Notre mal vient de plus loin. Accedido el 7 de enero de 2019 de https://la-bas.org/la-bas-magazine/textes-a-l-appui/alain-badiou-penser-les-meurtres-de-masse-du-13-novembre-version-texte.
[iii] Arendt, Prologue, p. 3.
[iv] Arendt, Prologue, p. 4.
[v] Arendt, Prologue, p. 4.
[vi] Ibid.
[vii] Badiou, Ibid.
[viii] Ranzani, O. (2017, 19 de octubre). El psicoanálisis es el heredero de los derechos humanos. Accedido el 7 de enero de 2019 en htpps://www.pagina12.com.ar/70045-el-psicoanalisis-es-el-heredero-de-los-derechos-humanos.
[ix] Badiou, Ibid.
[x] Ruccio, D. (2018). 42 people vs. 3.7 billion people. Accedido el 7 de enero de 2019 en https://www.google.com.pr/amp/s/rwer.wordpress.com/2018/01/22/42-people-vs-3-7-billion-people/amp/.
[xi] Marx, K. (1857-61). Foundations of the Critique of Political Economy (Rough Draft) (trad. M. Nicolaus). Accedido el 7 de enero de 2019 en https://www.marxists.org/archive/marx/works/1857/grundrisse/index.htm.
[xii] Badiou, Ibid.
[xiii] Badiou, Ibid.
[xiv] Bot, M. (2014, 24 de febrero). Étienne Balibar’s Reading of Arendt’s «Politics of Human Rights”. Accedido el 7 de enero de 2019 en http://hac.bard.edu/news/post/?item=12607.
[xv] Bot, Ibid.
[xvi] Hadot, P. (1998). ¿Qué es la filosofía antigua? (trad. E. C. Tapie Isoard). México: Fondo de Cultura Económica.
[xvii] Hadot, p. 226.
[xviii] Hadot, p. 227.
[xix] Ibid.