Protestar contra la Junta: derecho e incomodidad
Para el Primer Foro Contra Promesa, con mis compañeras y compañeros
Defiendo derecho a la protesta como una que protesta, desde mi realidad como abogada, mujer y activista. Me indigno cuando el sistema judicial y los medios de comunicación corporativos –¿qué son casi todos?- traducen nuestra indignación en “violaciones de ley”, “faltas a la vida en sociedad” y “ en actos de turbas desordenadas”. Resiento también a los académicos que mientras protestamos nos piensan, utilizando fichas de intelectuales del canon para explicar cómo nuestra cotidianidad se rompe sin llegarle a los talones a otras maneras de quebrarse. Leo que en este país no se protesta o no se piensa cuando se protesta y me indigno tanto o más que cuando un juez o un periódico concluyen que aquí no se sabe protestar. Durante el foro, voy a estar hablando desde acá y en términos legales a veces –muy pocas- pero con la conciencia de que estoy allá, construyendo con otras otra forma de porvenir donde reclamemos nuestro derecho a la rabia y a pensarnos políticamente desde los procesos mismos.Soy una abogada que trabaja para que las abogadas no seamos necesarias. Creo en el derecho puede ser – a veces- un instrumento de cambio social, sin embargo, sé que los tribunales no son el lugar donde esos cambios se producen. Hemos podido reivindicar luchas importantes en los tribunales, pero esas victorias legales son mínimas. Las medidas de austeridad, el alto número de desahucios, los proyectos legislativos para cerrar escuelas y servicios esenciales, los incentivos contributivos a bonistas y buitres, el encarcelamiento de Oscar López Rivera, PROMESA -que llega por ley federal- demuestran que el sistema de derecho, de ley y orden está en guerra con nosotras hace tiempo. La cantidad de arrestos, acusaciones criminales e ‘injunctions’ en contra de manifestantes son otra prueba de esto. Cuando hablemos del derecho a la protesta no hablamos de una posibilidad de reconciliación. No puede quedar duda. La brecha es insalvable y precisamente nuestra lucha exige denunciarla y abrirla más todavía. El sistema de justicia es colonial, patriarcal, lento y castigador. La lucha contra la Junta es una lucha anticolonial, feminista, ágil y liberadora.
Pertenezco a una profesión obsesionada con las buenas costumbres y los buenos modales. Hay tanto que limpiar y no nos sobran las manitas para lavarnos la cara y aplaudirnos al mismo tiempo. Me resisto a compartir la mesa en estas condiciones de des-poder. Trabajo con otras para descolonizar la forma en la que hacemos el derecho, sobre todo en estos espacios de protesta. Mañana cuando hable, diré que aquí está lo legal y que más acá está la ley. No quiero que nadie piense que con eso ubico las coordenadas de lo legítimo o lo justo. Si para algo sirve el derecho, y con este sus operadores, es para levantar una sospecha activa y permanente.
La protesta, un derecho incómodo
De un tiempo para acá nuestras redes sociales se llenan con tributos a Benito Juárez “el derecho ajeno es la paz” y “tu derecho termina donde comienza el mío”. Esta simplificación de la protesta descansa en una mitología de la indignación “cívica”. Primero, es pensar que estamos en condiciones de igualdad, donde todas las personas gozan de igual poder, participación e influencia. Para quienes prescriben una forma correcta de protestar, les parecerá razonable que si a usted le llega una factura irrazonable de agua, le cierran la escuela de su hija o no le gusta el gobierno tiene las siguientes alternativas útiles: escribirle una carta al alcalde, reunirse con su legislador o votar distinto en las próximas elecciones. Segundo, es simplificar y domesticar la palabra disidencia. Para algunos, un disidente puede ser cualquier cosa, hasta un grupo de legisladores que cobrando miles y tomando aire acondicionado se dedican a disentir del partido de turno. Impone una expectativa irrazonable en la protesta: la exigencia de un mensaje o de una propuesta. Una protesta puede querer detener una operación, cerrar y que, con eso, se cumpla su objetivo. Tercero, es creer que la revolución de acá es, por ser la más colonizada, la más salvaje y barbárica. Queremos que los videos de las protestas en otros países liberen el suelo propio y que, mientras tanto, y como dice Rima Brusi, acá “se ubique la protesta donde no moleste”.
Quienes ven amenazados sus derechos más fundamentales no tienen el tiempo ni los recursos para disentir con elegancia y por los canales. Protestamos para denunciar lo injusto e inmediato y para exigir un remedio justo, ahora. Eso exige incomodar, hacer ruido, dislocar. Estas clasificaciones buscan, sin lograrlo, ser neutrales, la ‘opresiualdad’, donde todas las personas que participamos de la sociestas clasificaciones buscan, sin lograrlo, ser neutrales la opresiualdad, donde todas las personas que participamos de la socie
En tanto el derecho
El derecho a la protesta está protegido por el derecho a la libertad de expresión, contenido en nuestra Constitución. Opinar incluye disentir. Y ese disenso, manifestado, puede asumir la forma de protesta. Como dice Roberto Gargarella, la protesta es el primer derecho, que garantiza el acceso a otros derechos. La protesta es un derecho individual pero también colectivo que ejercemos ante el Gobierno y ante quienes actúan en representación o sustitución de los funcionarios públicos.
El Estado no puede castigar a una persona o a un grupo porque no le guste el mensaje que expresa. Fuera de instancias como la amenaza, las palabras de riña o la difamación, en teoría la democracia quiere –que duro es decir que la democracia tiene un deseo, cualquiera- que aún el mensaje que molesta y ofenda se comparta. Lo que puede hacer el Estado es intentar reglamentar los parámetros en los que ocurre esa expresión. Los conceptos de tiempo, lugar y manera establecen las instancias en que el Estado puede reglamentar cuándo, dónde y cómo protestamos. Entre las distintas clasificaciones, me detengo en los foros públicos tradicionales, que incluyen calles, aceras y plazas. Estos espacios son donde menos se puede restringir la expresión. Las compañías privadas no pueden apropiarse de las aceras y utilizar ese dominio ilegítimo para negarnos celebrar piquetes, concentraciones, reuniones de cualquier tipo.
De igual forma, se reconoce el derecho a pegar pasquines en puentes, columnas y puentes, así como a utilizar los centros comerciales como espacios donde se permite la expresión como si se tratara de plazas públicas. También se ha reconocido el derecho a usar altoparlantes para difundir un mensaje, particularmente para aquellos grupos que no tienen acceso a medios de comunicación masivos.
El tema de la propiedad privada es un punto medular. Los tribunales han dicho que no están permitidas las manifestaciones en casas de personas o pernoctar en espacios como en la calle frente a La Fortaleza. Al propietario se le reconoce el derecho de regular el uso su espacio e imponer mayores restricciones. Esto, además del asunto de compañías que han extendido –ilegalmente- sus establecimientos para acaparar aceras y calles públicas, entre otros, trae un punto importante respecto a la efectividad de la protesta.
Para que el derecho a la protesta se ejerza adecuadamente, la protesta tiene que ser efectiva. Tiene que llegar a los oídos de la persona a quien se le protesta. De ahí que retemos cuando la policía acordona espacios pequeños y remotos con cartelitos de área de libertad de expresión. Estos espacios son inefectivos en tanto arrestan a quienes protestan y les impiden expresarse. En el contexto de la Junta, esto es aún más problemático. Para que mi protesta sea efectiva, ¿a dónde una va para protestarle a la Junta? ¿Dónde es efectiva la protesta? De ahí que el trabajo de protesta que han elegido los grupos sea seguirle la pista a estos focos de poder donde entienden se manifiesta la Junta y sus beneficiarios: hoteles, conferencias, medios corporativos, otros.
A lo que voy con todo el derecho es que estas clasificaciones parecen pero no son neutrales a los mensajes o a las personas que los manifiestan. Sufre de las mismas simplificaciones que aquella línea de Benito Juárez. No considera, por ejemplo, la falta de poder de quienes se sienten indignadas y no pueden denunciarlo porque una sola cadena de medios controla casi la totalidad de la comunicación masiva en el País. Sobre todo, protege el derecho de quienes se pueden ofender con la protesta. Es un derecho que domestica, regaña y controla. Es una lógica perversa similar a la que se usa con las mujeres cuando se comparten estrategias para no ser agredidas o violadas. Así como a nosotras se nos impone el deber de no provocar o controlar al agresor, a quienes protestan se les impone el deber de no incomodar y no ofender. La policía y los tribunales velan por ese tercero al que le indigna mi indignación. “Protege su derecho”.
La criminalización de la protesta
Atada al derecho de los ofendidos, la criminalización de la protesta se da a través de la represión policiaca y de leyes penales pero también a través de demandas y de discursos públicos que demonizan a quienes se manifiestan. Acá algunas notas rápidas sobre estas formas.
La brutalidad policiaca: ¿Qué mayor disuasivo para protestar que una línea de la fuerza de choque? El equipo para desmantelar motines, los caballos, motocicletas, perreras listas para arrestos, la movilización de unidades especiales no anuncian un intento de proteger sino de reprimir. La policía pasa a ser guardián de la propiedad privada. Cuando la policía mira la protesta en función de cómo proteger a la multinacional o garantizar el acceso de los engabanados que compraron boletos para la conferencia, invisibiliza a quienes protestan precisamente porque HAN SIDO INVISIBILIZADOS. La represión por parte del Estado, que asume la forma de macanazos y pepper spray, es una violación a la libertad de expresión y a otros derechos humanos, tales como el derecho a no sufrir castigos crueles e inhumanos y a estar libre de tortura.
Quien protesta tiene derecho a que se le garanticen sus demás derechos: de aquí que la policía no puede prohibir malas palabras, amenazar o golpear. Tampoco puede hacer arrestos ilegales (para controlar la protesta) o registros contra la ley (esto incluye casetas, bultos, etc). Es desde este espacio que hemos aprendido a utilizar la Reforma de la Policía que, si bien no ha logrado reformar, sirve para visibilizar y dar nombre a violaciones de derechos civiles que persisten: uso indebido de la fuerza, batón a la cabeza, agarres de cuello, uso de motoras o caballos para despejar multitudes, uso ilegítimo del mazo, etc. Enfatizamos en el derecho a grabar a la Policía. Para protegernos tenemos que documentar. Esto incluye identificar la línea de mando, tomar placas, identificar a policías que en otras manifestaciones han sido señalados por violaciones de derechos civiles, tomar fotos y videos de incidentes que usaremos más tarde.
Los delitos: Una protesta puede acarrear una choque con la ley. La pasada administración aprobó leyes que castigaban como delito el impedir construcciones (la Ley Tito Kayak), molestar desde las gradas en los procesos legislativos y el uso de las capuchas. Aún cuando estas leyes fueran derogadas – al menos la Tito Kayak y la de las gradas, NO la de las capuchas (art. 248 del Código Penal de Puerto Rico)-, existen otros mecanismos para criminalizar la protesta en el Código Penal. En casos recientes, algunas de las acusaciones incluyen obstrucción de la justicia, resistencia al arresto, entrada ilegal. Si bien la mayoría de estos delitos son menos graves, acumular otros delitos que pueden ser parte de una cadena de eventos donde haya un arresto ilegal, como la agresión, amenazan con complicar el panorama. De ahí la insistencia en documentar, pieza clave en las defensas de manifestantes. Por otro lado, alegar ser desobediente civil no es suficiente para que una persona sea liberada de un proceso. Por esto, es importante que la defensa legal esté coordinada con los grupos, para lograr denunciar desde adentro y desde afuera que estos arrestos y procesos son políticos.
En relación con este punto, si la protesta incomoda, es siempre en menor o mayor grado violenta: transgrede y rompe con algo o alguien. La desobediencia pacífica es un mecanismo legítimo. Otras defienden la legitimidad de la autodefensa. Descartar la violencia, por ser violencia misma, y escudarse en los lugares comunes de “encapuchados”, “clavos”, “piedras” y más, es hacerle el juego a los medios que intentan dibujar a un manifestante macaneado como el enemigo del Estado. La pregunta no puede ser solamente cómo están protestando sino qué están protestando. Podemos hablar sobre la proporcionalidad de la violencia y toda la represión que cabe en la Junta, en los macanazos y más.
Las demandas: Las demandas recientes son intentos de paralizar la expresión y la protesta de los grupos no solo mediante las vías legales sino a través del miedo. Además de revivir el momento en que unos alegados emplazadores amenazaron con una pistola a las compañeras del Campamento Contra la Junta, quizás podríamos enfocarnos en el intento de –en los tres casos- demandar a grupos que no tienen personalidad jurídica. Desde sus primeros años en derecho, cualquier abogada sabe que no se puede demandar a quien no existe, al menos jurídicamente. Si los bufetes que defienden a estos demandantes están sumamente preparados, ¿cómo es posible que cometieran un error tan elemental demandando a la Jornada Se Acabaron las Promesas y el Campamento contra la Junta? No hay espacio para pensar que se trata de un descuido. Hay una estrategia de miedo detrás de estos procesos legales, que busca desmovilizar y paralizar la expresión no solo mediante el miedo sino mediante órdenes provisionales que incluyen a cualquier miembro de cualquiera de estos grupos cuando quiera manifestarse en cualquier parte. Además, con el interés de enfocarse en uno o dos actores del movimiento para detenerlo, hay una insistencia miope y neoliberal en el individuo: como si impedirle a una detuviera el todo que se va gestando. Reitero, el derecho no sirve como contenedor del derecho a la protesta.
Nosotras las abogadas y el derecho nuestro
En días recientes, hemos unido fuerzas para organizar un grupo de abogadas activistas que esté presente para asistir, acompañar y manifestarse junto a quienes quieran protestar contra la Junta de Control Fiscal. Somos abogadas y activistas que defendemos y actuamos como tal. Hemos empezado a organizarnos pensando que hay un vacío en las estructuras existentes para agrupar a abogadas progresistas y que, cuando la Junta entre en función serán mayores las represiones, por tanto, la necesidad de defensas legales coordinadas.
A continuación incluyo algunos puntos que hemos comenzado a colegir.
Las abogadas no somos una curita o un kit de emergencia. Nuestra función no puede limitarse a sacar a una persona de la cárcel o lograr que se libre de una demanda. Eso es importante pero no es todo. Vislumbramos el derecho como herramienta de cambio social y estos procesos legales como políticos.
Hemos sido observadoras en estas en últimas jornadas de lucha. No somos terceras imparciales. Observamos con y desde quienes militan. Estamos en la protesta porque seguimos la línea y el trabajo político de la convocatoria. Es desde ahí que coordinamos espacios de diálogo entre manifestantes y policías –que existen mucho más de lo que permiten ver los medios, humanizando tanto a activistas pero también a policías, quienes sufren de condiciones laborales terribles– y negociamos según la voluntad colectiva de nuestros pares.
Tenemos un deber ético hacia nuestros clientes individuales. Pero en estos espacios también nos debemos a un quehacer político que nos obliga ante el colectivo. Si bien tenemos que brindar un análisis adecuado y responsable de los procesos y las consecuencias legales de cada acto, tenemos que estar conscientes de que esta litigación responde no solo a un evento sino al mensaje político de quienes se manifiestan.
Para esto, la propuesta:
1 Redefinir el derecho a la protesta por medio de una visión más radical del derecho. La teoría es importante y las académicas también, pero creo que debemos empezar a forjarlo y a trabajarlo desde acá. Y si el derecho no da –que no nos va a dar-, entonces proponer otros espacios de acción.
2 Promover el acceso a la justicia. Para que una persona pueda tomar un riesgo calculado sobre la protesta y sobre cómo va a guiar sus procesos judiciales –un arresto, una demanda- tenemos que promover el acceso a la justicia. Esto significa conocer nuestros derechos y cómo ejercerlos. En relación a la protesta, incluye conocer qué delitos se podrían estar cometiendo, cuáles son las consecuencias de un acto y contar con una red solidaria de apoyo legal.
3 Promover una discusión de derechos humanos. Discutir la Junta de Control Fiscal no solo desde números o desde derechos de la democracia (información, consulta, participación) sino desde el piso de protección social que todas merecemos (derecho al techo, salud, educación, trabajo) (art. 248)tesKayak y la de las gradas, NO la de las capuchas-z y democracia, la ruptura con toda nociegaron derechos y una vida. Sin este piso de protección social, sin esta exigencia de derechos humanos para todos y todas, la protesta se nos puede quedar corta.
4 Encontrar en los espacios legales un espacio para hacernos compañía también sin promover el miedo, desinformación o inmovilidad, con conciencia de las consecuencias y de las demás. No dejarnos solas. No ahora que es tan urgente encontrarnos. Aquí y en la calle.
En solidaridad.
*Publicado originalmente en el blog Ahora la turba.