A favor del derecho al voto para los confinados
Como fue planteado en su momento por el criminólogo crítico, David Garland en su libro The Culture of Control: Crime and Social Order in Contemporary Society, el aparato penal descansa en el entendido de que “la sociedad” debe ser defendida y sus sentimientos expresados. Descansa también en la progresiva centralidad de la figura de la víctima en tanto dispositivo organizador del discurso penal contemporáneo. La figura de la víctima se constituye en una mercancía valorada en los circuitos mediáticos y políticos en la medida en que opera como punto de partida para legitimar la producción de leyes y medidas de corte populista y altamente politizadas. Lo que Mark Seltzer ha denominado el sistema del crimen, esto es, el efecto que produce la recreación (reenactment) una y otra vez de las escenas de violencia por parte de los medios, ha propiciado la producción de un imaginario intersubjetivo en el que todos nos posicionamos como víctimas.
Después de todo, este imaginario se activa a partir de un proceso vicario/ identificatorio y del registro de que “pudo haberme pasado a mí…” Se pregunta Garland, ¿cómo fue que el público terminó reconstituyéndose y representándose como un conjunto de víctimas?
El sistema capitaliza sobre los casos de alta cobertura mediática produciendo, a partir de ellos, una suerte de ilusión cognitiva (todo lo que impera es violencia) al tiempo que una construcción del sujeto criminalizado en tanto espacio enteramente saturado de lo infame. Como fue planteado por Michel Foucault en su libro La vida de los hombres infames, se trata de vidas de las cuales no hubiésemos sabido nada de no ser por ese choque azaroso que tuvieron con el poder y que hizo de ellos un objeto de su discurso. A más se exalta la figura de la víctima por parte del aparato penal, más difícil resulta la discusión ponderada y crítica sobre los llamados ofensores. Cualquier invocación a lo que pudiesen ser sus derechos tiende a ser descartada en tanto expresión de una “defensa de los criminales” o bien de una no preocupación en torno al “lado” donde deberíamos estar hablando (esto es, del lado de las víctimas). A más se humaniza la figura de la víctima (“las víctimas tienen que ser protegidas”, “las víctimas tienen que ser consultadas”), más se exalta la inhumanidad del confinado.
Muchas personas piensan que el fenómeno del confinamiento supone la muerte civil del sujeto confinado. No obstante, hace mucho tiempo ya que el saber criminológico orientado por los derechos humanos ha concedido a que el confinado disfruta de todos los derechos constitucionales de que disfruta la población no confinada con excepción de aquellos derechos que son incompatibles con su condición de confinamiento (el derecho constitucional al libre movimiento, por ejemplo). Habrá quien diga que poner a los confinados a votar es poner a los criminales a decidir sobre el futuro del país cuando lo que habría que caer en cuenta es que, puede ser que el futuro de este país lo decidan los criminales aunque los confinados no voten.
Hace muchos años ya que, en un Informe de una Comisión evaluadora de los problemas planteados por los confinados, un grupo de colegas estudiosos de la problemática carcelaria, planteábamos que era necesario recobrar la humanidad del confinado. Ese reclamo, inspirado en el legado de la criminología critica y de las corrientes abolicionistas, ha sido echado de lado según como se ha ido normalizando eso que Seltzer nombra como el sistema del crimen. No obstante, esa humanización de la que hablábamos entonces tiene que ver con el reconocimiento que tendríamos que hacer en torno a que, los muros de la cárcel separan a la sociedad de una parte considerable de sus problemas y de que, como ha sido planteado por Slavoj Zizek, no es posible ya asumir la reflexión sobre la violencia subjetiva (aquella que vinculamos al sujeto en carácter singular) sin lo que es su imbricación con la violencia objetiva, violencia sistémica. Esto es, la que está puesta en aquello que se nos representa como el orden normal de las cosas. Esa violencia objetiva/sistémica es la que impera en el actual proyecto de ley de la Cámara de Representantes 1296, para eliminar el derecho al voto de los confinados, cuyo propósito ciertamente no es la rehabilitación del confinado. Tenemos que arribar a una nueva disposición reflexiva que nos permita ir derribando los muros simbólicos y físicos levantados por el discurso penal moderno echándole una mirada fresca a ese otro lado de lo social que hemos abandonado: a favor del derecho al voto para los confinados.