¡Arte libre en todas partes!
La colegiación de los actores tiene que ser voluntaria
Lic. Alejandro García Padilla
Gobernador
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
San Juan, Puerto Rico
Honorable Señor Gobernador:
Somos cientos los actores, artistas interdisciplinarios, agrupaciones e instituciones que abogamos porque la colegiación de los actores en Puerto Rico sea voluntaria y que se elimine la Junta Acreditadora que determina quien es actor y quien no como estableció la Ley de Actores de Puerto Rico (134) en 1986.
Por petición, hemos luchado para que el PS 1302 se apruebe en la legislatura. Fue respaldado por unanimidad en el Senado durante el mes de mayo del corriente luego de pasar por Vistas Públicas con una recomendación positiva abrumadora tanto de la CODECU, como del ICP, de los grupos de teatro independiente y de cientos de actores en su carácter individual. El sábado 25 de junio, quedó sin votar en el Hemiciclo de la Cámara al cierre de la Sesión Legislativa.
El párrafo final del Informe de la Comisión de Gobierno de la Cámara recomienda lo siguiente:
…La Comisión de Gobierno realizó el correspondiente estudio sobre el proyecto que nos ocupa. De dicho proceso de consulta, y analizando concienzudamente la propuesta, surge el convencimiento de que la misma debe ser aprobada. Es evidente que no existe un interés apremiante del Estado en exigir la colegiación compulsoria a los actores. Los derechos a la libertad de asociación y de expresión de los actores están siendo coartados con la vigencia del mandato de colegiación compulsoria contenido en la Ley de Actores de Puerto Rico. Tal yerro legislativo debe ser corregido. A ese objetivo sirve el proyecto que nos ocupa.
En adelante, los actores tendrán a su disposición un colegio con carácter voluntario. Podrán ejercer su profesión de forma libre, en asociación con quien quieran. El país, por otro lado, disfrutará de la oferta artística sin que medie censura indebida de parte del Estado.
CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN
Por lo expuesto, la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, tiene el honor de recomendar la aprobación del P. de la S. 1302, sin enmiendas.
Respetuosamente sometido,
José M. Varela Fernández
Presidente, Comisión de Gobierno
El artista se forja haciendo. Lo evalúan sus pares y su público. No hay Colegio de Poetas, ni de Pintores, ni de Músicos… El artista no se rige por los mismos principios de las otras profesiones que requieren una supervisión del Estado como lo son la Abogacía, la Medicina y la Ingeniería.
Citamos el Informe positivo de la Comisión de Gobierno de La Cámara de Representantes:
Esta Asamblea Legislativa entiende que no existe un fin público de relevancia para obligar por ley a los actores de Puerto Rico a pertenecer a un colegio profesional. En términos sencillos, el interés público no se afecta si un actor no ejerce bien su arte, llega tarde a un ensayo o que olvide sus parlamentos. Por otra parte, una cantidad considerable de actores ha cuestionado hace muchos años las razones por las cuales el Gobierno los obliga a pertenecer a un colegio profesional. Como cuestión de hecho, los actores son los únicos artistas obligados por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico a pertenecer a un colegio profesional.
En el caso de los actores, la colegiación ha representado una limitación a la capacidad de producción y no responde a la realidad laboral del sector de las artes escénicas. Las colegiaciones tienen el fin de proteger el interés público. Sin embargo, en este caso, ese interés público es maximizar la producción cultural que se ha visto limitada a raíz de esta legislación.
Finalmente y no menos importante, entendemos que este es un asunto de libertad de expresión. Vuelvo a citar tan extraordinario informe que nos representa plenamente:
La Sección 4 del Artículo II de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico indica que: “No se aprobará ley alguna que restrinja la libertad de palabra…”. La expresión artística por su naturaleza puede tener un fin recreativo, educativo o provocador, pero en todas sus formas constituye un ejercicio de la libertad de expresión, protegido constitucionalmente. Enmendar la Ley del Colegio de Actores, como ordena esta Ley, elimina la exposición a penalidades contra personas que ejercen su derecho a la libre expresión mediante la actuación. Estos castigos económicos no aportan a la carrera de los artistas, a su desarrollo profesional o al quehacer cultural. Es precisamente el aspecto de libertad de expresión lo que exige que la regulación de la profesión de actuación sea limitada al mínimo, si incluso fuera necesario reglamentarla. Ejercer la actuación no debe ser limitado por una colegiación compulsoria que carece de un fin público.
Además, si el Colegio de Actores fuese voluntario y ofreciese beneficios a sus miembros, sería nuestra prerrogativa pertenecer o no pertenecer.
Por estas razones, entendemos que en este momento histórico en que nuestra Constitución está siendo asediada, es justo y necesario que el Proyecto del Senado 1302 baje a consideración de la Cámara de Representantes y se lleve a votación en la próxima Sesión Extra-ordinaria. Los artistas de la escena del país se lo solicitamos con urgencia.
Muchísimas gracias por su atención. Quedamos, respetuosamente,
Prof. Rosa Luisa Márquez, Teatrera Antonio Martorell, Artista
y cientos de artistas, grupos y organizaciones culturales de Puerto Rico.
Teatro Breve
Agua, sol y sereno
Y no había luz
Tantai Teatro
Jóvenes del 98
Instituto de Cultura Puertorriqueña
Patadecabra de Abracadabra
Circo Fest
ACirc
Escuela de Circo Educare
Compañía Subcielo
Compañía M+M
Maskhunt, Inc.
Colectivo Vueltabajo
Grupo Malapostura
La Trinchera
Mezcolanza
Matotumba
Asuntos Efímeros
Museo de Arte Contemporáneo de Puerto Rico
Museo de las Américas
Escuela de Teatro
Consejo Artístico de Puerto Rico
Casa Ruth Hernández
Taller de la Playa
Poncili Creación
masTaller
Tranki, Inc.
Piedeamigo
Pensar Urbano
Arte Libre PR