Atributos de soberanía en el ELA y la “indefensión aprendida”
En mi columna de noviembre de 2015, sobre el concepto de la soberanía y su cualidad líquida quedó establecida la diferencia entre la “soberanía de estado” y la “soberanía popular”. Se explicó además cómo el ELA territorial, aún sin la soberanía de estado, ha tenido el reconocimiento legal y práctico de la soberanía popular del Pueblo de Puerto Rico en las elecciones generales. Se mencionó que la “condición cultural colonial” ha contribuido a obstaculizar el desarrollo político puertorriqueño hacia la soberanía de Estado. En esta segunda columna sobre el tema de la soberanía me propongo explicar por qué es importante atender en la educación sobre el concepto de la soberanía un elemento crucial de esa condición cultural colonial: la indefensión aprendida. Intentaré demostrar cómo y por qué la existencia del síndrome de la indefensión aprendida entre muchos boricuas obliga a los que educamos sobre la soberanía a tener que abordar no solo los defectos y deficiencias del ELA territorial, sino también sus poderes autónomos reales, y las experiencias constructivas o positivas que hayan ocurrido durante los 63 años que han transcurrido desde la creación de la “Commonwealth” o ELA territorial en 1952 hasta nuestros días.
Lo primero que debemos tomar en consideración es que aunque no es correcto suponer que Puerto Rico, bajo el régimen político del ELA territorial acordado entre 1950 y 1953 —la Commonwealth— tiene “soberanía de estado”, tampoco es correcto irse al extremo absurdo de suponer que es falso que tenga “atributos de la soberanía política”. Las dos nociones no son inherentemente contradictorias. El concepto de soberanía —como tantos otros de la Ciencia Política y el derecho internacional—no existen para aplicarse como a cada quien le venga en gana. Según la humanidad ha progresado porque ha sabido aplicar con sabiduría los conceptos y hallazgos de las ciencias naturales, y hoy disfrutamos de tecnologías otrora impensables, del mismo modo los conceptos políticos tienen que aplicarse correctamente, según los consensos de la Ciencia Política, la sociología política y el derecho internacional. De lo contrario, se genera gran confusión y el ser humano NO PROGRESA en los ámbitos sociales y políticos con el mismo rigor científico que ha progresado en las ciencias naturales, la medicina, y las matemáticas. Una parte importante de lo que intento comunicar es la necesidad de respetar los esfuerzos conceptuales de las ciencias sociales a la hora de analizar nuestras propias realidades políticas.
La condición de territorialidad y la ausencia de un estado soberano propio persiste en Puerto Rico por la incapacidad del Pueblo puertorriqueño —muy bien adobada por los partidos principales del bipartidismo, el PPD y el PNP— para llegar a un consenso sobre un nuevo estatus de soberanía que le permita al país salir de su condición territorial. Esto, salir de la territorialidad, es cada vez más necesario, no meramente como cosa patriótica y de identidad —aunque también por eso— sino principalmente porque nuestra vida económica y prosperidad colectiva están en juego. El que el gobierno de Puerto Rico no pueda representarse ante el mundo como un estado soberano, y las múltiples prohibiciones y determinaciones que quedaron vigentes de la Ley Jones de 1917, le impiden al país promover e impulsar desde su gobierno en San Juan, la economía del país en un mundo globalizado y competitivo, en el cual para desarrollarse plenamente todo país tiene que tener como escenario de interacción el Planeta completo o la mayor parte de él. Nosotros en cambio, mientras exista el ELA territorial, estamos condenados al intercambio predominante —y casi exclusivo en algunas áreas— con la economía de un solo país: Estados Unidos de América. Y ello, más en beneficio de las corporaciones millonarias estadounidenses que en nuestro propio beneficio. Esa es la razón más importante por la cual necesitamos trascender, cuanto antes, las limitaciones, la “camisa de fuerza”, de la territorialidad.
Hoy más que nunca no hay excusa para mantener y tolerar semejante incapacidad que no sea la de la indefensión aprendida. Y no la hay porque ya el Pueblo de Puerto Rico no tendría que verse obligado a escoger entre la anexión total a Estados Unidos —la estadidad federada— y la independencia y separación total respecto de la metrópoli para finalizar su condición de “territorio no incorporado”. Al calor de las evoluciones del derecho internacional público y de las nuevas interdependencias entre estados soberanos, Puerto Rico podría optar o por la libre asociación soberana —la que de verdad aprobó las Naciones Unidas como estatus descolonizador— o por una independencia sin separación total respecto de Estados Unidos, mediante la concertación de tratados particulares de carácter económico —libre comercio y moneda común, por ejemplo— o de carácter político y de seguridad, con el país que vendría a ser entonces la ex metrópoli. Otros países lo han hecho, por lo que hay múltiples precedentes. Se añade, que la diferencia práctica entre la libre asociación con soberanía propia —llamada “ELA Soberano” en la papeleta del plebiscito de 2012— y una independencia puertorriqueña con tratados formales y especiales con Estados Unidos, se hace cada vez más pequeña. Es así por la creciente similitud práctica entre la soberanía en la libre asociación y la soberanía de las independencias interdependientes del Siglo XXI.
No obstante tener delante de nuestros ojos una salida tan lógica —y con tanta aplicación a la evolución histórica de Puerto Rico— nuestro país ha sido incapaz de resolver su problema centenario del “estatus político”, ayudado en su inacción por la kakistocracia boricua, por esa elite que pone por delante sus beneficios personales de bolsillo —y los intereses de partido como el ganar unas próximas elecciones— relegando y desatendiendo en lo fundamental el BIEN COMÚN. En cualquier otro lugar, daría vergüenza que Pueblos con menor población y desarrollo cultural e identitario que el nuestro, como las Islas Cook y Niue respecto de Nueva Zelanda, Palau o las Islas de la Micronesia respecto de Estados Unidos, o Barbados, Costa Rica o Singapur, en la independencia interdependiente, tengan un estatus de soberanía de estado —y un mayor potencial de desarrollo económico que Puerto Rico— mientras nuestro país arrastra los pies en la ignominia de la territorialidad y en la crisis de una economía en caída libre.
Buena parte de la explicación por la cual el Pueblo de Puerto Rico persiste en mostrar incapacidad para salir de su condición territorial y de los perjuicios que ella acarrea a nuestra economía y sociedad, tiene raíz en que demasiados boricuas padecen de indefensión aprendida, con lo cual creen y hasta justifican la visión equivocada de que el país no está preparado para asumir las responsabilidades de la plena soberanía, llegando al extremo de verbalizar que temen que con ello “tengamos que empezar desde cero”.
La indefensión aprendida
En la década del 1970 del siglo pasado, Martin E.P. Seligman, realizó experimentos con animales y demostró que bajo ciertas circunstancias, un animal sometido a descargas eléctricas —que obviamente dicho animal no controla— se llega a un momento en que el animal se rinde y deja de intentar defenderse. De tales observaciones Seligman derivó la Teoría de la Indefensión Aprendida. Aplicada a los seres humanos, la teoría se refiere a la condición de un ser humano que ha «aprendido» a comportarse pasivamente con la sensación subjetiva de no poder hacer nada, de impotencia, de modo que no responde a pesar de que existen oportunidades reales de cambiar la situación adversa que le perjudica. Es decir, ese ser humano individual NO evita las circunstancias desagradables o se conforma con otras “recompensas” que percibe como positivas.
Esta situación personal, que refleja un cierto nivel de incapacidad o enfermedad mental, se ha relacionado, por ejemplo, con el síndrome de la mujer maltratada. Ella, en esos casos, continúa en su situación agobiante y en un círculo vicioso incapacitándose para salir de su situación de maltrato por su pareja a causa de sus propios sentimientos de impotencia y de sus temores. En la psicología clínica la “indefensión aprendida” se relaciona con la depresión y otras enfermedades mentales resultantes de la percepción de ausencia de control sobre el resultado de una situación. Suele venir acompañada también de sentimientos de auto-culpabilidad y hasta de desesperanza. Todos estos elementos del comportamiento de la indefensión aprendida pueden observarse en un plano más colectivo en los Pueblos colonizados. Como demostraron en sus obras clásicas Frantz Fanon y Albert Memmi, la psicología del colonizado propende a la minusvaloración de sus propias capacidades y la sobre valoración de las cualidades de los “amos de las metrópolis”. Aunque no podemos decir que todos los puertorriqueños compartan estas actitudes y sentimientos de impotencia, desesperanza y auto-culpabilidad, se observan tales tendencias en ese sentido entre muchos de nuestros compatriotas. Por el ejemplo, conformarse con otras recompensas como manera de manejar los problemas y males de la condición colonial se observa en el discurso de muchos puertorriqueños en torno a los “fondos federales” o a la posibilidad de optar por el “flanco de la huida” mediante la emigración a Estados Unidos. La visión pesimista de muchos, la cual se expresa en frases como las siguientes: “A Puerto Rico no hay quién lo arregle”, “jamás podremos ser un país soberano y exitoso”, “no tenemos la capacidad”, hacen parte también de esa traslación de la indefensión aprendida, más allá del nivel individual, hacia el mundo colectivo de la política.
Es bastante frecuente encontrar en las investigaciones científicas de la Ciencia Política en Puerto Rico que muchos ciudadanos rechazan de plano una opción de soberanía para el país porque eso sería “como empezar desde cero”. ¿Empezar desde cero? Así, de un plumazo, esos puertorriqueños borran por completo las experiencias tenidas en Puerto Rico con el ejercicio del gobierno autónomo bajo el ELA territorial. Es cierto que en estos tiempos ya no tenemos buenos gobiernos, como los que hubo en las décadas del 1950 y de 1960. Los kakistócratas del PPDNP, como diría el Dr. Emilio Pantojas García, (Véase 80 grados, edición del 27 de noviembre de 2015) no nos han provisto en los últimos años sino de malos gobiernos, con múltiples decisiones equivocadas, y demasiada corrupción. Por eso mismo hemos llegado a la crisis que padecemos ahora. Pero que esa sea la realidad actual no debe llevar a nadie a borrar, como si no hubiera existido, la experiencia con el gobierno propio en el país entre 1952 y 2015. Incluso hubo en el pasado, en los primeros años posteriores al establecimiento del ELA territorial, experiencias de buena planificación y buen gobierno. Por otra parte, el ejercicio de poderes gubernamentales autónomos no se debe tomar como poca cosa cuando se trata de emprender un camino hacia la soberanía. La mayoría de los países que fueron colonias aprendieron —todavía como territorios subordinados— a practicar la política el gobierno o la democracia a pesar de las limitaciones coloniales. Y aquellos que aprendieron más sobre democracia y buen gobierno fueron los más exitosos política y económicamente en la época poscolonial. Por supuesto, los que aprendieron a montar gobiernos corruptos tuvieron pésimas experiencias también en su fase como países “independientes”.
Como mencioné en el artículo anterior, el BUEN GOBIERNO es un elemento esencial para el uso apropiado de los poderes de la soberanía. Con una kakistocracia como la que existe hoy, un Puerto Rico en libre asociación, en la estadidad o en la independencia, no sería al fin y al cabo mejor que lo que tenemos ahora. Es por esa razón que hay que valorar los aspectos de BUEN GOBIERNO que se hayan aprendido durante la experiencia del ELA territorial. Además, de los errores también se aprende. Y del error de la deuda excesiva podemos aprender todos para construir un futuro más promisorio, diferente, en un Puerto Rico soberano. Es esencial por tanto, que no se ignoren, ni se menosprecien los “atributos de soberanía” del ELA territorial porque están ahí, existen, han existido y hemos aprendido de ellos por más de 60 años. Por lo tanto, no es verdad que un Puerto Rico soberano tendría que “empezar de cero” o que “no podemos, porque no estamos preparados”.
Tales aseveraciones, en la mayor parte de las ocasiones, provienen de esto: quienes tienen esas percepciones participan del síndrome de la indefensión aprendida. Por lo tanto, ante las situaciones adversas que les afectan, ante las inseguridades que viven y perciben en el Puerto Rico contemporáneo —y acosados como están por sus propios temores— no pueden percibir una salida permanente a los problemas colectivos mediante un cambio político constructivo hacia un estatus de soberanía de estado.
Ante la observación empírica de los síntomas de la indefensión aprendida en muchos puertorriqueños que no apoyan el tránsito hacia la soberanía propia, por lo tanto, una parte esencial de la educación sobre la soberanía tiene que desmitificar las nociones equivocadas producto de la indefensión aprendida.
Los “atributos de soberanía” del ELA territorial
Por décadas, sobre todo los independentistas, han dicho que Estados Unidos estafó a Puerto Rico y al mundo cuando en 1953 fue a la Asamblea General de las Naciones Unidas a solicitar que se le eximiera de enviar informes anuales sobre Puerto Rico al Secretario General de la ONU en virtud del acuerdo concertado entre Puerto Rico y Estados Unidos entre 1950 y 1952. Las palabras exactas de la RES/AG/748/1953 fueron que Puerto Rico había constituido una nueva “comunidad política autónoma” que “en la esfera de su Constitución interna, y según los términos del acuerdo concertado con Estados Unidos de América, ha sido investida de atributos de la soberanía política”. Sí es cierto que hubo dudas en el plano internacional con ese proceso y que más países votaron que NO, o se abstuvieron de votar, que los que votaron A FAVOR. No obstante, como en estos procesos quienes se abstienen no cuentan, y los votos a favor fueron más que los negativos, la Resolución 748 se aprobó. Al año siguiente, Holanda solicitó lo mismo respecto de sus islas en el Caribe y obtuvo la misma exención.
Estados Unidos, sin duda, manipuló el lenguaje ambiguo para hacer una representación internacional que fue engañosa en algunos aspectos. Pero NO en todos ellos. ¿En qué aspectos fue engañosa? Primero, en haber ocultado que al Pueblo de Puerto Rico no se le permitió seleccionar entre diversas opciones de estatus político, sino únicamente el decir SÍ o No a la oferta del Congreso de la Ley 600. Y segundo, y más grave todavía, Estados Unidos no les explicó a los demás estados soberanos del mundo qué significaba la frase “según los términos del acuerdo concertado con Estados Unidos de América”. ¿Y cuáles fueron esos términos? Pues que al votar a favor de la Ley 600, el votante puertorriqueño apoyó en 1950 no solo el tener una comunidad autónoma con una Constitución redactada y aprobada por los puertorriqueños, sino también votó a favor, al mismo tiempo, de otorgar su consentimiento a que “todas las partes de la Ley Jones que no tuvieran que ver con el gobierno interno”, es decir las que gobernaban las relaciones territoriales de siempre entre Estados Unidos y Puerto Rico, quedaran vigentes. Al Pueblo de Puerto Rico no se le engañó en ese aspecto porque en el Congreso se habló claramente. Además, la papeleta para votar a favor o en contra de la Ley 600 lo dijo todo. Ambas cosas: lo que obtendríamos y lo que consentíamos a cambio de lo que obtendríamos. Pero sí se engañó a la comunidad internacional al no definir en ningún momento cuáles fueron los términos del acuerdo. Si se hubiera enseñado la papeleta de votación a la comunidad internacional, de seguro no se habría aprobado la Resolución 748.
No obstante tales argucias, engaños o manipulaciones, en el aspecto de la Resolución 748 en el cual Estados Unidos no engañó ni a Puerto Rico ni a la comunidad internacional fue en reclamar que la comunidad política puertorriqueña había sido investida de atributos de la soberanía política. ¿Y por qué esa parte no fue engañosa? Pues por lo que observamos en Puerto Rico y lo que viene sucediendo entre 1952 y el presente. El Congreso de Estados Unidos, a pesar de retener la soberanía sobre nuestro archipiélago, le delegó a nuestro gobierno central interno atributos que tienen los estados soberanos, atributos de la soberanía política. ¿Y cuáles son ejemplos evidentes de esos atributos? Menciono solo algunos, muy obvios, y que están consignados en la Constitución del ELA territorial. A pesar de su territorialidad, el ELA tiene una Asamblea Legislativa que puede legislar en ciertos ámbitos en los cuales las leyes federales de Estados Unidos no ocupan el campo. Uno de ellos es el poder de imponer y recaudar impuestos para financiar la obra pública. Otro es la capacidad de endeudarse: eso mismo que hoy nos tiene en crisis fiscal, ya que los acreedores nos exigen el pago de una “deuda soberana”, a pesar de que Puerto Rico no es un estado soberano. No es un estado soberano pero tiene y ha ejercido atributos de la soberanía política. Uno de esos atributos es también que nuestros tribunales del ELA territorial puedan juzgar y sentenciar a ciudadanos según las leyes internas. Si un cuerpo político puede determinar incluso la vida y libertad de un ser humano mediante una sentencia judicial, eso es un poder muy importante que se usa a diario en nuestro país y respecto del cual, en muchas ocasiones, Estados Unidos no interviene para nada si no hay apelaciones sobre derechos que protege la Constitución de Estados Unidos. Además, la Constitución le reconoce al Gobernador de Puerto Rico el poder de actuar en primera instancia para defender al país movilizando la Guardia Nacional y declarando un “estado de emergencia”. En otras palabras, si bien es cierto que el ELA territorial solo permite ciertos poderes —algunos de ellos bastante recortados por el poder federal— no es menos cierto que esos poderes que se ejercen son importantes y afectan las vidas de los puertorriqueños. Si una persona resulta encarcelada, o un negocio queda embargado por el gobierno del ELA por evasión de impuestos, por ejemplo, eso tiene consecuencias muy contundentes para los afectados y es un poder muy claro y definitivo del gobierno del ELA. Igual ha ocurrido con ciertos casos judiciales sobre ejercicio del voto en Puerto Rico, en que a pesar de apelaciones a Boston, el tribunal estadounidense ha dicho en más de una ocasión que la sentencia final y firme es la establecida por el Tribunal Supremo de Puerto Rico porque se trató de un asunto interno, “of purely local concern”, como se aclaró en la propia Ley 600 de 1950.
Esos poderes son muy reales y los vemos funcionar todos los días. Por lo tanto, cabe concluir que, aunque la Resolución 748 pudo haber sido “una tomadura de pelo internacional” en otros aspectos, no lo ha sido en reclamar en el escenario internacional que la comunidad política puertorriqueña creada en 1952 sí fue investida de atributos de la soberanía política. La clave está en reconocer que “atributos de la soberanía política” no es lo mismo que decir que el ELA territorial es un estado soberano. Si se hubiera reclamado tal cosa por Estados Unidos, habría sido un engaño monumental. Pero prueba de que no se reclamó es que ni Estados Unidos, ni tampoco la ONU, le reconocieron derecho a un asiento a Puerto Rico en la Asamblea General.
¿Y por qué es importante, hablando del concepto de soberanía —y al aplicarlo al ELA territorial— que se clarifique que aunque no es un estado soberano sí tiene algunos atributos de la soberanía política? ¿No es acaso necesario concentrarnos en lo que no tenemos, en lo que nos falta, para poder superar y cambiar nuestra condición territorial? Claro que sí, pero hay una razón muy importante para poner también atención a los poderes que sí tiene el ELA territorial. Se trata de la indefensión aprendida que hemos explicado y que padecen muchas personas en nuestro país. Mientras haya demasiados puertorriqueños que descartan la soberanía propia porque “no podemos vivir sin Estados Unidos”, “nos moriríamos de hambre” o porque “Puerto Rico no tiene la capacidad para ejercer las responsabilidades de la soberanía” —o ya que “eso significaría comenzar desde cero”— es esencial al proceso de educación, desmitificación y concienciación de los puertorriqueños el demostrar, no solo la condición subordinada y territorial, que no se puede negar, sino también los ejercicios de “atributos de la soberanía política” que nos han dado experiencia y que nos han ido dejando cada vez mejor preparados para asumir las responsabilidades de la soberanía propia. Todo el andamiaje institucional del ELA territorial y la experiencia tenida con la autonomía local del ELA, tanto los aciertos y logros, como las equivocaciones, constituyen experiencia. Esa experiencia no se puede negar porque la misma potencia un mejor ejercicio futuro de poderes soberanos propios. Ello no implica defender el ELA territorial, sino simplemente reconocer que aunque es necesario a nuestro propio bien común transformar profundamente nuestra comunidad política hacia un estatus político de soberanía propia, es también cierto y muy necesario reconocer que no iríamos a esa transformación “partiendo de cero”. La propia experiencia de autonomía dentro de las limitaciones del ELA territorial nos ha preparado como país hacia la transición a la soberanía propia.
Por supuesto, para ir a esa transformación con éxito, Puerto Rico tiene que potenciar no solo el cambio hacia la soberanía, sino igualmente, un cambio hacia una nueva “política de los ciudadanos”, más auténticamente democrática. Una nueva vida política que elimine del panorama nacional la corrupción y el mal gobierno propiciados por décadas por la élite o clase política egoísta PPD-PNP en el ELA territorial. El cambio desde la partidocracia y la kakistocracia de hoy hacia la democracia auténtica es tan necesario como el que nos lleve a la adquisición de los poderes plenos de la soberanía.