Cónclave de la diáspora: una oportunidad histórica
En estos días, el comité organizador de Unidos por Puerto Rico, integrado por una variedad multisectorial de organizaciones y líderes de la diáspora y la Isla, y el Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, está convocando a una reunión del liderato de la diáspora y de la Isla que tendrá lugar los días 13 y 14 de octubre de 2015 en el estado de la Florida.
La agenda de la reunión, los fines que persigue, no están muy claros todavía para mí. Vi una invitación que menciona en términos generales el desarrollo de una agenda general nacional frente a la crisis del País y solicita a los invitados que separen en sus calendarios las fechas de la reunión.
La convocatoria surge ante el cuadro crítico provocado por la inmensa deuda pública impagable y luego que el congresista Luis Gutiérrez indicara que había que poner presión al Congreso Federal para que apruebe el proyecto de enmienda a la Sección 9 del Código Federal de quiebras. Esto para que se permita a las corporaciones públicas y municipios del Estado Libre Asociado acogerse a los procedimientos federales de quiebra. Gutiérrez sugirió que esa presión había que ponerla en el estado de Florida que con el éxodo multitudinario reciente, nuestros compatriotas pueden ser factor determinante en las elecciones presidenciales de 2016.
Ese proyecto de legislación fue sometido por el Comisionado Residente de ideología anexionista Jorge Pierluisi y se ha convertido en una causa bipartidista una vez la administración actual del ELA, dirigida por el Partido Popular Democrático, se unió a los esfuerzos de cabildeo a favor de la aprobación de la medida.
Como se sabe, si la medida se aprobara -algo bastante difícil en este momento por el abandono del poder metropolitano sobre el territorio en esta etapa histórica- servirá para paliar en algo, limitado, la actual crisis económica de Puerto Rico, pero no será suficiente. La deuda general pública territorial no recibe impacto alguno si ese proyecto se aprobara.
Desconozco si la reunión de Florida tiene como fin último de los originadores de la idea de la reunión una agenda reducida, convocada como arma de presión para que el Congreso apruebe el proyecto de enmienda a la Sección 9. Lo positivo es que se convoca al desarrollo de una agenda general, lo que da margen a un espacio para que la agenda se vaya desarrollando en el curso de las próximas semanas.
Si la agenda estuviera limitada al asunto indicado, aun así sería positivo que la reunión de la diáspora agrupara a todos los sectores ideológicos principales de la nación, de mayoría y minoría y, por tanto, convendría extenderle una invitación al comisionado residente, Pedro Pierluisi, y a diversos sectores sociales y políticos de nuestra nación.
No obstante, la coyuntura histórica debe servir para que se intente forjar una base organizativa a largo plazo, con un programa mínimo común de la diáspora y de nuestra nación que trascienda los intereses político partidistas de Puerto Rico y de Estados Unidos y de cabilderos, y que sirva para avanzar en la organización, de la retaguardia estratégica que representa la diáspora, componente vital y mayoritario de la nación puertorriqueña.
Con esos fines de más largo alcance en mente, sugiero que la agenda de la reunión de Florida se amplíe para, (además de la predicar y presionar para la aprobación de la enmienda a la Sección 9 del Código de Quiebras), se exploren otros asuntos nacionales de trascendencia a mediano y largo plazo, así como medios de organización política y comunicación amplios y permanentes de nuestra diáspora y su relación con la nación que reside en la Isla.
Considero que una fortaleza que hay que seguir edificando es en el asunto sobre la federalización de la deuda pública de Puerto Rico. Para un mayor detalle, remito a los ensayos que he publicado sobre este tema. La deuda pública colonial la considero un arma de lucha, una fortaleza del pueblo de Puerto Rico frente a la potencia colonial. Distinto a las deudas de naciones soberanas, en las que los procesos y las luchas se enfatizan frente a los acreedores y a los infatigables litigiosos fondos buitres, en el caso de la nación puertorriqueña, el énfasis debemos dirigirlo a exponer, movilizar y reclamar sobre el carácter colonial odioso de la deuda pública, proscrita por el derecho internacional.
Por tanto, en la disputa de todos los frentes (mediáticos, organizativos, constituyentes, judiciales y mesa de negociación) tienen que estar, además de los acreedores y los representantes de la nación, el Gobierno federal como el último y único responsable de la deuda pública. La lucha aislada del Gobierno contra los acreedores nos debilita. A la nación puertorriqueña la fortalece la inclusión de otros fenómenos vitales del proceso como la responsabilidad del Gobierno federal sobre la deuda pública y la unidad de los isleños y la diáspora.
Además, sugiero que en ese cónclave se apruebe como asunto programático y se cree una comisión especial que estudie, eduque, cree consensos y dirija procesos encaminados a conferir el derecho al voto de nuestra diáspora en los eventos electorales nacionales de Puerto Rico.
En particular sugiero se tome en cuenta las siguientes reflexiones, criterios y propuestas con respecto al sufragio de nuestros compatriotas:
1. El momento es histórico. Se convocaron los estados nacionales que nunca habían sido convocados.
2. Me parece importante darle a la reunión de Florida unos principios de igualdad y justicia en cuanto al trato a nuestra diáspora.
Eso se logra exigiendo como un consenso del cónclave la eliminación del requisito del domicilio de la ley electoral de Puerto Rico otorgando el derecho al voto a los compatriotas de la diáspora para los cargos nacionales (excepto el Comisionado Residente que es creación de la ley federal) y eventos electorales nacionales.
3. Ese derecho al voto de la diáspora me parece debe ser sin ninguna limitación, solo la autoexclusión, y requerir un contacto mínimo que no sea discriminatorio. No puede ser solo tener propiedades en Puerto Rico porque eso daría el voto exclusivamente a propietarios, seria inmoral, y además, la Constitución del ELA prohíbe tal discrimen. Tampoco limitaría el sufragio a determinadas generaciones, ya que divide a la nación. La diáspora existe debido a razones forzadas por la condición económica social territorial colonial. Me parece suficiente requerir la presentación de un certificado de nacimiento como prueba de provenir de un ancestro de Puerto Rico, y en adición definir algún contacto mínimo con la isla, como viajar y estadía por algún tiempo previo a la solicitud de la tarjeta electoral, declaración jurada de familiares de Puerto Rico acreditando su descendencia y afinidad con Puerto Rico u otro tipo de contacto mínimo similar que se pueda identificar, que simplifique la radicación y emisión de una solicitud de la tarjeta electoral.
4. Solo es necesaria una enmienda al Código Electoral de Puerto Rico para eliminar el requisito del domicilio en la Isla en cuanto a los compatriotas de la diáspora. El partido de Gobierno actual domina la mayoría legislativa. No tiene limitaciones de poder para efectuar tal enmienda. Mejor coyuntura no puede existir que la actual para exigir este derecho natural nacional.
5. La Constitución de Puerto Rico no pone ninguna limitación de domicilio para votar. Solo impone como requisito tener 18 años de edad. En otros apartados de la Constitución del ELA se prohíbe el discrimen por motivo de raza, color, sexo, nacimiento, origen, condición social, educativa o económica.
A tales fines son pertinentes, entre otras, las siguientes disposiciones de la Constitución del ELA:
«Articulo VI, Disposiciones Generales
«Sección 4: Elecciones:
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«Será elector toda persona que haya cumplido dieciocho años de edad, y reúna los demás requisitos que se determine por ley. Nadie será privado del derecho al voto por no saber leer o escribir o por no poseer propiedad».
«Se dispondrá por ley todo lo concerniente al proceso electoral y de inscripción de electores, así como lo relativo a los partidos políticos y candidaturas».
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«Artículo II Carta de Derechos
«Sección 1. Dignidad e igualdad del ser humano; discrimen prohibido
«La dignidad del ser humano es inviolable. Todos los hombres son iguales ante la Ley. No podrá establecerse discrimen alguno por motivo de raza, color, sexo, nacimiento, origen, o condición social, ni ideas políticas o religiosas. Tanto las leyes como el sistema de instrucción pública encarnarán estos principios de esencial igualdad humana».
«Sección 2. Sufragio, franquicia electoral
«Las leyes garantizarán la expresión de la voluntad del pueblo mediante el sufragio universal, igual, directo y secreto, y protegerán al ciudadano contra toda coacción en el ejercicio de la prerrogativa electoral».
6. A comienzos de este año el gobernador de Puerto Rico, Alejandro García Padilla, hizo expresiones públicas para expresar como parte de la política pública de su Gobierno, extenderle el derecho al voto a los inmigrantes ciudadanos de otros países domiciliados en la isla de Puerto Rico sin ciudadanía americana. Como parte de esa propuesta, el secretario de Justicia de Puerto Rico, Lcdo. César Miranda, preparó una Opinión para recomendar la extensión del derecho al voto a los dominicanos e inmigrantes radicados en la Isla, en la que propone eliminar el requisito de ciudadanía americana de la ley electoral para poder votar en las elecciones de Puerto Rico. Esa opinión está fundada, entre otras razones, en que las elecciones son prerrogativa de los estados en el federalismo norteamericano. No la he visto, sé que existe porque el Secretario la anunció y discutió públicamente hace cerca de seis meses. Es un documento importante para ser citado.
Si se ha contemplado dar el derecho al voto a inmigrantes con ciudadanía de otros países y sin ciudadanía americana: ¿cómo es posible que se le niegue ese derecho al sufragio a nuestra diáspora?
7. Negar ese derecho al sufragio a nuestra diáspora en los asuntos de su patria constituye un discrimen inmenso, tan o más grande que cuando se le negaba el derecho al voto a las mujeres, porque ahora se discrimina contra componentes de ambos sexos.
El domicilio es un mamarracho jurídico discriminatorio cuando se le aplica a la diáspora. Se trata del componente mayoritario de la nación puertorriqueña, más de 5 millones ahora frente a 3.5 millones en la Isla. Más de 500,000 boricuas que se han visto forzados a emigrar en la última década y quienes solidifican los vínculos entre isleños y los boricuas de la diáspora. Están acabaditos de hornear.
8. Al conferir este derecho al voto en los eventos electorales nacionales, se garantiza a nuestra diáspora un asiento para participar en plebiscitos y en una Asamblea Constituyente.
Luego, en una Asamblea Constituyente, que redacte una Constitución nueva, se podrá garantizar que nuestra diáspora tenga representantes en la rama legislativa del ente político creado.
En resumen, que veo positiva la convocatoria a un cónclave de nuestra diáspora, aun cuando tuviera una agenda limitada con el fin de ayudar a Puerto Rico para enfrentar su actual grave crisis. Pero sugiero ampliar la agenda de la reunión para sentar las bases de unos asuntos importantes comunes y de una organización de naturaleza duradera.
* Publicado primero en el PostAntillano, y reproducido aquí a petición del autor.