Listado de los libros publicados en Puerto Rico

Primero estudié las leyes del libro en Puerto Rico:
- Ley Núm. 516 de 29 de septiembre de 2004, para establecer como política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico la promoción, fortalecimiento y desarrollo integral de la industria del libro; establecer los incentivos a la referida industria; establecer los requisitos para acceder a los mismos; enmendar leyes relacionadas; entre otras cosas. En resumen: la ley establece la política pública tributaria y contributiva sobre la Industria del Libro en Puerto Rico, por lo que regirá sobre cualquier otra ley o legislación relacionada a esta materia.
- Ley de la Biblioteca Nacional de Puerto Rico: Ley Núm. 188 de 17 de Agosto de 2003: La Biblioteca Nacional de Puerto Rico tendrá las siguientes funciones y deberes:
(a) Desarrollará y mantendrá abierta al público general una amplia colección bibliográfica sobre todas las materias del conocimiento humano y, en particular, sobre Puerto Rico y los puertorriqueños.
(b) Realizará esfuerzos para identificar y para unir a su colección toda pieza documental producida en la isla o en el extranjero que esté relacionado de una u otra forma con Puerto Rico y con los puertorriqueños.
(c) Servirá como depositaria de toda obra documental que se publique en Puerto Rico que por su naturaleza no deba formar parte de los fondos del Archivo General de Puerto Rico, para lo cual desarrollará la debida coordinación con éste. - Ley Núm. 5 de 8 de Diciembre de 1955, según enmendada, establece que las oficinas gubernamentales remitirán a la Biblioteca General de Puerto Rico y a la Colección Puertorriqueña de la Universidad de Puerto Rico una copia o ejemplar de toda información, boletín, revista o libro que se publique y circule en el Gobierno.
- El Registro de la Propiedad es un mecanismo creado por la ley Núm. 96 del 15 de julio de 1988, enmendada bajo la Ley Núm. 55 del 9 de marzo de 2012, para proteger los llamados derechos morales del autor puertorriqueño o del extranjero domiciliado en Puerto Rico, respecto a su creación, a saber, la conservación de su integridad, de su divulgación y la retractación de la misma dentro de las situaciones que la Ley contempla.
La verdad que me quedé aturdido con este panorama. ¡Qué mal servicio le ha dado nuestra legislatura al libro puertorriqueño!
¡Mi próximo paso fue entrevistar a los que sí saben! Quién mejor que un bibliotecario para iniciar el proyecto y quién mejor que el destacado bibliotecario y autor puertorriqueño, el Dr. Víctor Federico Torres. Nos reunimos en la Librería Euroamericana del Tren Urbano en la Estación del Sagrado Corazón; un maravilloso ejemplo de la creatividad que debe extenderse a todas las estaciones.
Lo primero que me aclaró fue que en Puerto Rico no existe un listado donde se recopilen todos los libros publicados. Indicó que “solamente existe la acción burocrática con el Departamento de Estado de registrar los derechos de autor; sin embargo, es algo voluntario. Tampoco es obligatorio por ley el inscribir un libro en la Biblioteca del Congreso ni solicitar un ISBN de la compañía Bowker. Desgraciadamente, no tenemos una Biblioteca Nacional como tal”. Continúa señalando: “El Archivo Nacional y la Biblioteca actualmente son inoperantes. Mientras que la Colección Puertorriqueña del Sistema de Bibliotecas de la Universidad de Puerto Rico (UPR) solamente recopila y se ve obligada por ley a tener copia de los informes gubernamentales.”
Por otro lado, advirtió que existe una tendencia mundial entre los editores de funcionar como agentes del llamado “Vanity Press”, cobrando por publicar: escritor paga y ellos le ponen su sello. Lo cual resulta en el famoso tandem: cantidad vs. calidad.
Además, nos comenta Víctor que uno de sus grandes proyectos junto a la Revista Acceso de la Sociedad de Bibliotecarios de Puerto Rico era la colaboración con René Grullón, un prominente agente de compra del libro para bibliotecas en general, en la publicación anual del listado de los libros puertorriqueños. Por último, nos señala que todas las Universidades tienen su editorial, aunque en muchos casos limitada.
Bottom line: me mató el pollo en la primera picada…
No obstante, dirigí mis pasos al Departamento de Estado donde entrevisté a la Lcda. Jennifer Rodríguez Collazo, Registradora de la Propiedad Intelectual del Departamento de Estado, quien nos indicó que no hay un listado de libros que soliciten Propiedad Intelectual per se, ya que la inscripción no equivale a subscripción pues no todos los escritores puertorriqueños solicitan Propiedad Intelectual. ¡Otro picotazo mortal!
Todas la inscripciones se agrupan en un solo renglón que incluye entre pintura, música, pedagogía, novela, poemas, cuentos, artesanía y dibujos, desglosado de la siguiente manera:
- Registro 2014: 318 obras registradas.
- Registro del 2015: 290 obras registradas;
- Registro del 2016: 260 obras registradas;
- Registro del 2017, hasta hoy hay 174 obras registradas.
En el 2015, más de un 50% de lo registrado fueron libros. En el 2016, 40%. A pesar de que la información no está subdividida por renglones específicos ni digitalizada, ella ha comenzado un proyecto de digitalización interno que más adelante se hará público.
Sin perder el ánimo, llegué a la Biblioteca Nacional. Allí entrevisté a Eva Acevedo Rodríguez, Oficinista, y a Santia Bauzó Rodriguez, Coordinadora de Actividades, quienes me explicaron que allí escasamente se reciben libros por los autores; más bien reciben colecciones que les donan esporádicamente. No existe un registro digital de los libros. Hoy en día el Instituto de Cultura, agencia a cargo de este proyecto, está en el proceso de nombrar un Director del mismo.
Ya medio abatido, visité a Marlee Rodríguez García, Bibliotecaria Auxiliar de la Colección Puertorriqueña de la UPR, quien nos explicó que en Puerto Rico no existe una ley de Depósito Legal. Ellos solamente tienen que recibir y archivar por ley los informes de las agencias de gobierno, por virtud de la “Ley de Administración de Documentos Públicos de Puerto Rico”, Ley Núm. 5 de 8 de Diciembre de 1955, según enmendada (contiene enmiendas incorporadas por la Ley Núm. 77 de 13 de Junio de 1960). El resto de los libros de su Colección se compran o los donan. Esta información nos la corroboró Jorge Ortiz, Director de Adquisiciones de la UPR, aclarándonos que ellos solo compran para el campus de Río Piedras.
En mi desconcierto y frustración me enfrenté a Armindo, quien me dio el picotazo final: “¡Te lo dije!”