Sentencia a favor de la Comisión Ciudadana de la Deuda Pública

[dc]L[/dc]os representantes del interés público de la Comisión para la Auditoría Integral del Crédito Público lograron que el Tribunal conceda un remedio inmediato para devolver a la vida este recurso al alcance del país en la defensa de sus intereses y derechos. La Sentencia de la jueza Lauracelis Roque Arroyo lee así en su parte final:

«El Tribunal dispone que procede la concesión del injunction preliminar y permanente, por lo que se ordena a la parte demandada a cesar y desistir de intervenir indebidamente con la Comisión mediante la destitución de sus miembros. En cuanto a la solicitud de sentencia declaratoria, el Tribunal concluye que también procede su concesión. Esto pues, existe una patente divergencia de criterio entre las partes sobre el alcance de la Ley Núm. 21-2016 y la Ley Núm. 3-2017 y el efecto de éstas sobre el ejercicio del cargo de los miembros de la Comisión y a los fines de disipar la incertidumbre jurídica procede que declaremos que, conforme al derecho aplicable a la controversia de este caso, la destitución de los demandantes como miembros de la Comisión es nula e ilegal.

«En consecuencia, se ORDENA la restitución de los demandantes a sus cargos como representantes del interés público y miembros de la Comisión».

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