Sexo, Salud y Religión
Aunque la “demanda” es generalizada entre grupos religiosos fundamentalistas en Estados Unidos (con ecos en la Isla), trátese de sectas católicas, protestantes y demás, está basada en supersticiones que no deben obstruir el ejercicio de la justicia social y el derecho universal a la salud de la ciudadanía, por más “ofensiva” que pudiera parecerles. Es de conocimiento general que la mayor parte de las sectas de la cristiandad y sus jerarcas no guardan reparo ante los índices de mortandad infantil, desnutrición y carencia de recursos médicos en las regiones más empobrecidas del planeta, toda vez que condenan como pecado mortal a cualquier mujer que tome potestad sobre su propio cuerpo, que goce de su sexualidad fuera del matrimonio y al margen de sus consagrados prejuicios, y que decida por sí misma traer o no una nueva vida al mundo. Tampoco les importan las enfermedades sexuales y prefieren fustigar a quienes las sufran antes que prevenirlas efectivamente, toda vez que se oponen a la educación sexual en las escuelas y al uso de anticonceptivos, porque creen que es pecaminoso, atenta contra principios bíblicos y ofende a Dios.
La impostura de la jueza Sotomayor legitima la misoginia de los patriarcas religiosos contra los derechos de la mujer, “validando” la paradójica demanda de una orden de monjas, que han contraído nupcias con un ser imaginario, desprecian la naturaleza sexual de sus propios cuerpos y condenan moralmente a quienes, aun entre los creyentes, aprendieron a placerse con sus cuerpos, pasional y racionalmente.
La sinrazón religiosa que hoy pone trabas a la ley “cree” que los métodos anticonceptivos, como la “píldora del día después”, inducen a prácticas abortivas y que cualquier forma de terminación artificial del embarazo constituye un acto criminal que debe ser prohibido con fuerza de ley y que la mujer que lo practique debe ser castigada severamente. Creen que los métodos anticonceptivos incitan a sostener relaciones sexuales sin fines reproductivos y eso contraviene el plan de Dios, quien habría provisto de órganos sexuales al ser humano solo para procrearse y no para gozarse. Creo que el placer sexual está permitido a parejas casadas, pero solo como cuestión secundaria, porque tampoco los casados pueden controlar artificialmente la posibilidad del embarazo, y aun si les fuese indeseado, la decisión de engendrar y parir es de Dios en primera y última instancia, no de la mujer. La mujer –siempre pecadora- que resigne su existencia a la maldición originaria: “…con dolor parirás a tus hijos y tu deseo te arrastrara a tu marido, que te dominará.”
Mirando el asunto con seriedad, ¿acaso la Reforma de Salud pone en jaque el derecho constitucional a la “libertad” religiosa? No, claro que no. Solo a las tiranías inhumanas de la fe y los despotismos deshumanizantes del creyente…