Más democracia, menos abogados
El mito del Estado liberal está cimentando en la separación entre el Derecho y la política. Producto de esto es que, usualmente, escuchamos a jueces y juezas afirmar con el convencimiento de quien tiene la verdad agarrada por el rabo que el ejercicio adjudicativo está basado casi exclusivamente en la aplicación de la letra de la ley. Salvo contadas excepciones, los jueces y las juezas, junto a otros operadores del Derecho, no reconocen que este tiene una fuerte carga ideológica y que está diseñado para promulgar ciertos valores en detrimento de otros. Generalmente los grupos que tienen acceso al poder son los beneficiados a costa de quienes por diferentes razones –género, raza, clase social, diversidad funcional, orientación sexual, entre otros- no acceden al poder con la facilidad de los primeros.
Una de las áreas del Derecho donde se puede apreciar mejor su imbricación con la política es el derecho electoral. El efecto de la reglamentación de los procesos electorales en el quehacer democrático puede ser devastador si nos encontramos, como en el caso de Puerto Rico, ante un sistema bipartidista que lucha a toda costa por mantener el monopolio del poder aun cuando se lo tenga que turnar cada cuatro u ocho años con el partido contrario.
Producto de ese control que reparte contratos y privilegios, la democracia se convierte en un ejercicio simbólico que se manifiesta cada cuatro años. Las opciones se repiten cada cuatro años también. Terminamos llamando libertad o derecho al voto al hecho de escoger al menos malo entre los peores que, dicho sea de paso, nos han traído hasta el hoyo donde nos encontramos pero son quienes prometen tener la solución al atolladero.
En el ínterin, la ciudadanía comienza a hacer política en su sentido amplio, a juntarse y discutir los problemas que nos aquejan como País, a buscar alternativas y soluciones a la crisis política en la que nos encontramos, a articular posibles salidas ciudadanas y a proponer radicalizar la democracia. Sin embargo, mientras eso pasa, los lugartenientes del poder se abrazan y se aferran al ya resquebrajado proyecto fracasado e intentan poner trabas al ejercicio ciudadano que, contra la corriente, va abriendo paso por el lodazal que nos van dejando. Ejemplo de eso son las enmiendas que el Código Electoral para el Siglo XXI aprobado en el 2011 sufrió en cuanto al acceso a la papeleta de los candidatos y de las candidatas independientes al Senado y a la Cámara tanto por acumulación como por distrito.
El 1 de junio de 2011, la Legislatura controlada por el Partido Nuevo Progresista aprobó el mencionado Código Electoral. En lo relacionado a las candidaturas independientes para el Senado y la Cámara tanto por acumulación como por distrito dispuso que quienes tuviesen la intención de certificarse como candidato o candidata independiente debían presentar peticiones de endosos equivalentes al uno por ciento (1%) de la suma de todos los votos válidos obtenidos por los candidatos a las elecciones generales precedentes para el cargo público electivo concernido, dividido entre la cantidad de candidatos que concurrieron para el cargo en cuestión. Poco después, en noviembre de 2011, el Artículo 8.012 sufrió su primera enmienda por la misma Legislatura que lo había aprobado y se eliminó la coletilla que indicaba que la suma de todos los votos válidos debía ser dividida entre la cantidad de candidatos que concurrieron para el cargo al cual se aspiraba. Lo anterior tuvo el efecto de, temprano en el nacimiento del Código Electoral, aumentar sustancialmente la cantidad de endosos requeridos a los candidatos y a las candidatas independientes. Posteriormente, en diciembre de 2014, la nueva Legislatura, esta vez controlada por el Partido Popular Democrático, enmendó nuevamente el Artículo 8.012 para aumentar las peticiones de endosos de un uno por ciento (1%) a un tres por ciento (3%). No existe en diario legislativo una sola razón que justifique la necesidad de este aumento sustancial.
Lo que evidencia lo anterior es una clara intención de los partidos políticos tradicionales de obstaculizar el acceso de candidatos y de candidatas independientes a la papeleta electoral. Este obstáculo injustificado a la ampliación de opciones electorales, junto a otras disposiciones del Código Electoral, ponen en entredicho nuestra ya maltrecha democracia. Esto es así no solo en un plano teórico político o jurídico sino más bien en el ejercicio real de derechos como lo son el derecho al voto, la libertad de expresión, el derecho a asociarse libremente, todos ellos pilares fundamentales de las democracias liberales.
En relación al reclamo de mayor acceso a la papeleta electoral, al momento de entregar a la editora esta columna,1 se habían presentado ante el Tribunal de Primera Instancia dos solicitudes de sentencia declaratoria pidiendo que se declare inconstitucional el Artículo 8.012 del Código Electoral. Una de ellas, estaba mediada por una Resolución de la Comisión Estatal de Elecciones donde, mediante un malabar jurídico, se redujo sustancialmente la cantidad de endosos que debía presentar el Dr. Vargas Vidot para ser certificado como candidato independiente al Senado por acumulación. No obstante, y muy atinadamente, el Dr. Vargas Vidot rechazó la Resolución emitida por la Presidenta de la CEE que, a todas luces, promueve una peligrosa interpretación de la Ley Electoral que sentaría un nefasto precedente para la democracia puertorriqueña de ser avalada por los Tribunales. La otra solicitud estaba en espera de adjudicación en el Tribunal de Primera Instancia, donde, el pasado miércoles, el juez Ángel Pagán Ocasio paralizó el recogido de endosos y los términos relacionados a ese proceso dispuestos en el Código Electoral.
Sin embargo, más allá de la intervención de los Tribunales en la resolución de reclamos tan importantes como los contenidos en las solicitudes mencionadas, es importante recalcar el rol del quehacer ciudadano en el desmantelamiento de estructuras que obstaculizan el ejercicio democrático. Como abogada, siempre he tenido claro que el rol de los abogados y de las abogadas dentro de estos movimientos es meramente incidental y sirve como apoyo a la articulación de estrategias políticas amplias e iniciativas ciudadanas. Esto es así porque, como señalaba al principio de esta columna, los tribunales no necesariamente están diseñados para ampliar el ejercicio democrático, más bien actúan como amortiguador de los reclamos, canalizando los que, de otra manera, podrían causar algún tipo de resquebrajamiento del status quo.
En este sentido, más allá de la certificación de los candidatos y candidatas en cuestión, es importante poner de manifiesto la forma en que los partidos tradicionales buscan monopolizar las instancias institucionales reclamando y preservando para sí las tres ramas de gobierno. Es por ello que más allá de confiar en los tribunales para que resuelvan nuestros reclamos al amparo de las cláusulas constitucionales y dejar en manos de los abogados y de las abogadas cuestiones que son esencialmente políticas, urge una articulación ciudadana que empiece a trabajar con una reforma electoral integral y ciudadana que viabilice el ejercicio democrático y no que sea una piedra de tropiezo en la construcción de verdaderos poderes ciudadanos. Rescatar del terreno de lo jurídico discusiones que deben darse en el terreno político es fundamental si queremos ampliar y radicalizar la democracia. Desde hace un tiempo para acá, y me excusan mis colegas, estoy convencida de que hace falta más democracia y menos abogados.
- Ambos casos están en constante cambio dadas las órdenes emitidas por los tribunales y los escritos presentados por las partes. La decisión final que en su día tomen los tribunales no cambia las premisas de esta columna. [↩]