El complejo camino hacia la Procuraduría del futuro
En este contexto, muchas hemos planteado que, aunque no ha perdido relevancia como espacio estatal, la OPM debe renovarse. Lo anterior, a la luz de la incorporación, entre otras cosas, de todos los movimientos y organizaciones autónomas de mujeres independientemente de si prestan servicios directos a las mujeres o si son organizaciones de activismo, como fiscalizadores del quehacer de la Oficina. De igual manera, me pregunto si, frente a la institucionalización de los feminismos por parte del Estado en este tipo de oficinas, las organizaciones y movimientos de mujeres debemos comenzar a agenciar, además, espacios autónomos que nos permitan poder ejercer una auditoria social de manera consistente y efectiva y que consoliden valores democráticos como la participación ciudadana y la transparencia.
Sin embargo, la necesidad de revisitar la creación o rediseñar de este tipo de organismos de Estado para promover la equidad y los derechos de las mujeres, no quiere decir que debamos desechar estos mecanismos institucionales que son también producto de las luchas de las mujeres. En ese sentido, pienso que es pertinente explorar, aunque sea brevemente, lo que el paradigma moderno trajo consigo y cómo significó una nueva conceptualización de las mujeres, sus roles, sus derechos y el ejercicio de la ciudadanía.
Como bien señala Peter Wagner en su trabajo “La Sociología de la modernidad”, las prácticas modernas trajeron consigo “un aumento de la autonomía y una ampliación del dominio racional” que abrió paso a una serie de ofensivas modernizadoras que ampliaron los espacios de acción de las mujeres. La modernidad, y el énfasis en la libertad y en la autonomía que aparejó, permitieron construir “nuevos patrones de comportamientos de género, al reconocimiento de nuevos derechos y cambio de paradigmas de acción por parte del Estado”.
De igual manera, y como plantea Nancy Fraser, la modernidad implicó un cambio en los discursos y una racionalización del poder. El Estado absolutista con poder de matar fue desplazado por un nuevo modelo de ejercicio del poder. El súbdito fue sustituido por el ciudadano y el Estado pasó a ser responsable del bienestar de la ciudadanía. (Fraser: 1992). Lo anterior implicó una nueva manera de resignificar el poder por lo cual el orden de género premoderno perdió vigencia ante el nuevo paradigma. Las mujeres pedían que las tratasen como iguales y para ello era necesario sustituir las antiguas relaciones de jerarquía por relaciones de paridad que les permitieran participar de la experiencia moderna.
Participar de la experiencia moderna no fue tarea fácil para las mujeres. La dicotomía público-privado significó un escollo importante en la incorporación de las mujeres al ejercicio del ideario moderno. Sin embargo, la autonomía y libertad proclamada viabilizó el ejercicio coordinado por parte de las feministas en el reclamo de mayores espacios. De esta manera, como bien plantea Wagner, se dieron una serie de ofensivas modernizadoras que permitieron a las mujeres –y a otros grupos– “defender a los grupos frente a los efectos de limitación y exclusión que aquellas modernizaciones llevaban consigo”. Lo anterior, de la mano de una interacción discursiva desde abajo, permitió preparar el terreno para la institucionalización de mecanismos de género dentro del Estado.
Esa institucionalización de los mecanismos de género provino de la cristalización de prácticas y hábitos sociales y no nacieron por concesiones del Estado. Difícilmente, una ofensiva modernizadora desde arriba, es decir aquella que proviene de la élite política, se institucionaliza si no encuentra apoyo en la cotidianidad ciudadana. En este sentido, la cristalización de los mecanismos de género en el Estado se dan como respuesta a un reclamo específico que las mujeres supieron situar en el ámbito público e impulsar en las agendas institucionales.
A raíz de esas ofensivas modernizadoras por parte de los movimientos de mujeres y de los feminismos, se aprobó la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres. No hay duda que las mujeres supieron aprovechar esa ventana política para introducir en la agenda pública el reclamo por mayores derechos y políticas públicas equitativas. Sin embargo, esas ventanas políticas no se producen en el vacío, surgen en momentos específicos donde las demandas de la sociedad civil se articulan con ciertos niveles de desarrollo y modernidad.
De esta manera, la creación de las oficinas o secretarías de las mujeres como también las defensorías o procuradurías respondió a una demanda concreta por parte de la sociedad civil a los Estados. Este último se vio, entonces, compelido a instaurar mayores y mejores políticas públicas para las mujeres y comprometerse con la consecución de la equidad de género.
Ahora bien, como sostiene Wagner, la modernidad no está exentas de tensiones. La autonomía y la libertad coexisten con mecanismos disciplinarios institucionales que ponen coto al desarrollo libre de la personalidad y encauzan el ejercicio de la ciudadanía dentro de ciertos límites. De esta manera, los mecanismos de género institucionalizados, aunque aportaron a la legitimación de la equidad de género al interior del Estado,[i] pudieron haber devenido en crear restricciones institucionales para el desarrollo de estrategias de transversalización que impactaran de forma integral la ciudadanía de las mujeres.
Lo anterior no quiere decir que los Mecanismos de Adelanto para las Mujeres no hayan sido instrumentales a la hora de la consecución de mayores derechos y oportunidades de desarrollo para éstas. Sin embargo, como articula Guzmán en un trabajo titulado “Sostenibilidad Social y Política de los Mecanismos de Adelanto para las Mujeres” la creación de estas instancias institucionales respondió a unas coyunturas extraordinarias. Incorporar nuevos asuntos a la agenda pública no sólo depende de la voluntad del Estado sino de la articulación de actores y actoras sociales que puedan incidir en la normativa estatal y promover la atención de las nuevas demandas. Sin embargo ¿qué sucede cuando el Estado no responde o responde de manera insuficiente achacándole la responsabilidad a los mecanismos de género institucionalizados? Veamos el caso de Puerto Rico.
En 1968 el gobernador de Puerto Rico, Roberto Sánchez Vilella creó mediante la Orden Ejecutiva 1362 de 24 de abril la Comisión del Gobernador sobre Status de la Mujer. La Comisión, que estaba compuesta por trece miembros nombrados por el Gobernador más los Secretarios de Justicia, de Educación y de Trabajo y tenía como encomienda revisar varios aspectos entre ellos educación, legislación obrera, normas y prácticas de empleo y capacidad jurídica de la mujer.
Posteriormente, el 30 de mayo de 1973, se aprobó la Ley Núm. 57 que creó la Comisión para el Mejoramiento de los Derechos de la Mujer como resultado de una investigación que llevara a cabo la Comisión de Derechos Civiles de la Asamblea Legislativa. La investigación arrojó resultados alarmantes en cuanto a las inequidades entre hombres y mujeres.[ii] Así, la Comisión de la Mujer, como se la conociera tiempo después, tenía como objetivo principal erradicar los obstáculos que impedían el desarrollo socioeconómico de las mujeres.[iii]
La Comisión de la Mujer operó hasta el 11 de abril de 2001 fecha en que, mediante la militancia y cabildeo de los grupos feministas, se aprobó la Ley 20-2001, Ley de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres. En principio, y según se desprende de la misma Exposición de Motivos de la Ley 20-2001, la Procuraduría de las Mujeres se creó a instancia de Organizaciones No Gubernamentales que entendían necesaria “la creación de un organismo con suficiente autonomía y facultades plenas de fiscalización, investigación, reglamentación y adjudicación para garantizar el respeto de los derechos de las mujeres y el cumplimiento de las políticas existentes”.[iv] Aunque las activistas feministas reconocían el valor del papel desempeñado por la Comisión de la Mujer, entendían necesario la creación de una defensoría independiente que pudiese actuar como ente fiscalizador.
Sin embargo, la Ley 20-2001 contiene a su interior la disposición que se convertiría en la mayor restricción institucional para la consecución y ampliación de los derechos de las mujeres. En su Artículo 4 dispone que la designación de la Procuradora de las Mujeres estará a cargo del Gobernador o Gobernadora y que su término será un fijo por diez años. Aunque entre las funciones principales de la Procuradora están realizar investigaciones y estudios sobre la situación de las mujeres en todas las esferas sociales; fiscalizar el cumplimiento de la políticas públicas que inciden sobre el desarrollo de las mujeres; revindicar ante los tribunales las políticas públicas que estime el Estado está violando; revisión constante tanto en el ámbito público como el privado actividades destinadas a evitar violaciones a los derechos de las mujeres; desarrollar acciones con el fin de atender la violencia contra las mujeres; establecer relaciones y colaborar con organizaciones no gubernamentales destinadas a promover los derechos de las mujeres tanto local como regional e internacionalmente, hace seis años se limita, casi exclusivamente, a distribuir fondos provenientes de la Violence Against Women Act (VAWA) y a atender temas relacionados a la violencia doméstica y sus protocolos de implementación.
Aunque es cierto que la creación de la Oficina fue resultado del cabildeo de las organizaciones feministas, no es menos cierto que son esos mismos movimientos de mujeres y organizaciones las que hoy piden una reevaluación de la Oficina. En ese sentido, contrario a los que algunos sectores parecieran sugerir, las feministas hemos sido consistentes en denunciar el mal funcionamiento de la Oficina desde hace, aproximadamente, seis años como así también el control partidista de la misma.
Sin embargo, y más allá de si la actual Procuradora cumple a cabalidad con las funciones de la Oficina, en toda crisis existe una oportunidad. Cabe preguntarse si dado el reclamo por parte de las mujeres de una transformación en los mecanismos de género estatales existe una ventana política en Puerto Rico que permita un rediseño institucional a tono con las nuevas demandas de equidad y atención integral de las mujeres.
Más aun, cabe preguntarse si el estancamiento actual del único mecanismo de género institucionalizado ha constituido una restricción institucional a la hora de buscar más y mejores políticas para las mujeres por parte de las organizaciones de mujeres que componen la sociedad civil. En la actualidad, la Oficina de la Procuradora de las Mujeres se dedica casi exclusivamente a atender asuntos relacionados a la violencia machista en sus diferentes manifestaciones. Sin embargo, otros aspectos importantes como equidad salarial, derechos reproductivos y sexuales, uso del tiempo, trabajo no remunerado, democratización de la crianza, educación con perspectiva de género, licencias de maternidad y paternidad, centros de cuidos diurnos y nocturnos, erradicación de la pobreza, entre otros no son atendidos por la Oficina de la Procuradora de las Mujeres. Esa falta de atención por parte de la entidad que se supone sea el mecanismo de género estatal ha provocado que estos temas no se incluyan en la agenda pública como un asunto prioritario.
Ante ese escenario cabe entonces preguntarse si el desarrollo institucional no va a la par con las demandas de la sociedad civil, la Oficina más que un mecanismo de promoción de los derechos de las mujeres se ha convertido en una cristalización de prácticas sociales que, aunque merecen atención, no agotan las demandas, asuntos, problemáticas e identidades de las mujeres. El estancamiento de la Oficina, sin duda, se ha convertido en un impedimento para la consecución de mayores espacios en todas las esferas de la vida social, política, económica e incluso privada.
En este sentido, soy del criterio de que es necesario un cambio institucional que dé cuenta de las nuevas prácticas sociales que a su vez generan nuevas demandas. Esto porque, como enfatiza la profesora Guzmán, “la igualdad de género va mucho más allá de la igualdad de oportunidades y exige la participación femenina en los procesos de transformación de las reglas básicas, jerarquías y prácticas de las instituciones públicas”. Así, conviene preguntarse si el cuarto propio en el Estado, que tanto nos costó a las feministas, ha devenido más bien en un sótano del cual los movimientos de mujeres hemos tenido que aprender a salir. La falta de articulación entre el tipo de defensoría que constituye la Oficina de la Procuradora de las Mujeres y los movimientos de mujeres y organizaciones feministas ha provocado un estancamiento en el desarrollo de un espacio institucional que actúe como interlocutor y receptor de los reclamos de las mujeres. Eso, a su vez, ha resultado en una falta de transversalización en las políticas públicas y en un déficit de democracia y participación en la elaboración de planes y proyectos que permitan achicar las inequidades y acortar las brechas que impiden la integración paritaria de las mujeres a la vida social, política, cultural, económica y privada.
Es por eso que es indispensable una reestructuración de la Procuraduría o la creación de nuevos espacios institucionales que permitan un mayor desarrollo de derechos y políticas públicas destinadas a desmantelar obstáculos, tender redes y abrir caminos hacia la equidad. Soy del criterio de que las ofensivas modernizadoras que viabilizaron este tipo de espacios no pueden ser estáticas. Al contrario, para que éstas puedan aun concebirse como modernizadoras, el dinamismo debe ser la característica principal. A la hora de abrir caminos, las mismas organizaciones de la sociedad civil que permitieron la creación de ciertos espacios deben actuar como fiscalizadoras constantes de forma tal que se evalúen los cambios y se hagan los ajustes necesarios para adaptarse a nuevas prácticas y demandas. Aunque soy consciente de que las prácticas sociales se modifican con mayor rapidez que las instituciones, parte importante de la gobernabilidad democrática radica en la respuesta que pueda dar el Estado a nuevas inquietudes y preocupaciones proveniente de los grupos de la sociedad civil.
Sin duda, el camino no se vislumbra como uno fácil. Sin embargo, la construcción constante de instituciones más justas, equitativas y adecuadas a los tiempos es un reto que las feministas debemos asumir como parte de nuestro rol modernizador en una sociedad que, de otra manera, nos excluiría de la participación en las diferentes esferas. De esta manera, pienso que es imprescindible mantener la autonomía de los movimientos de mujeres frente al Estado y actuar como poderes fiscalizadores de políticas públicas, su implementación y monitorización de los mecanismos de adelanto de la equidad. Estoy convencida de que, en el caso de Puerto Rico, la creación de un Observatorio de Género autónomo sería un gran avance en la consolidación de la autonomía y en el ejercicio de los roles principales de los movimientos de mujeres a la vez que complementaría, fiscalizaría y atendería el desarrollo de los mecanismos de género del Estado.
Hoy por hoy las mujeres caminamos hacia la Procuraduría del futuro. Le exigimos al Estado que atienda nuestras demandas y que cree un mecanismo de género transparente, participativo y que pueda rendir cuentas a quienes son sus protagonistas: las mujeres. Las mujeres necesitamos un ente dinámico, inclusivo, laico, autónomo que adelante el derecho de todas las mujeres: las trabajadoras, las lesbianas, las trans, las madres, las que han optado por no tener hijos, las negras, las pobres, las usuarias de drogas, las mujeres viejas, las niñas, las jóvenes, las adúlteras, las inmigrantes con o sin documentos, las activistas, las sobreviviente de violencia doméstica, las confinadas, las que aún se encuentran en el ciclo del maltrato, las bisexuales, las estudiantes, las que han salido del sistema educativo tradicional, las intelectuales, es decir, todas las mujeres en su pluralidad, diversidad, múltiples identidades y sombreros. Hacia allá vamos. A paso firme, con nuestra voz en alto y construyendo el País que queremos y soñamos: un País participativo, inclusivo y solidario donde sus instituciones rindan cuentas a los ciudadanos y ciudadanas más que al partido que, en este turno, le tocó gobernar.
[i] (Guzmán, Seminario Análisis Comparado de Legislación, Políticas Públicas e Instituciones Orientadas a la Equidad de Género, 4, Sec. 3, 2013) [ii]Véase Exposición de Motivos de la Ley 20-2001, Ley de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres [iii] (CLADEM, Balance Nacional sobre Violencia Doméstica, Cambio en las Leyes, disponible en http://cladem.org/index.php?option=com_rokdownloads&view=file&Itemid=115&id=590:05-balance-nacional-sobre-violencia-domestica). [iv] (disponible en http://www.gobierno.pr/NR/rdonlyres/2AD3788A-6075-44BA-8103-1B28E26E4882/0/LeydelaOficinadelaProcura-doradelasMujeres.pdf ). [v] (Guzmán, Seminario Análisis Comparado de Legislación, Políticas Públicas e Instituciones Orientadas a la Equidad de Género, 4, Sec. 6.2, 2013).Bibliografía
Araujo, Kathya: “Los procesos de institucionalización como procesos de recepción. Agendas trasnacionales y contextos locales en el caso de Chile” (Documentos, PRIGEPP, 2013).
Cervantes, Lily. “La experiencia de creación de una Secretaría de Estado: SEPREM-Guatemala” (Documentos PRIGEPP, 2013).
CLADEM, “Balance Nacional sobre Violencia Doméstica, Cambio en las Leyes” disponible en http://cladem.org/index.php?option=com_rokdownloads&view=file&Itemid=115&id=590:05-balance-nacional-sobre-violencia-domestica
Fraser, Nancy: “Repensando la esfera pública: una contribución a la crítica de la democracia actualmente existente” (Documentos PRIGEPP, 2013)
Guzmán, Virginia: “Análisis comparado de legislación, políticas públicas e instituciones orientadas hacia el logro de la equidad de género” (Hipertexto PRIGEPP, 2013).
Guzmán, Virginia: “Sostenibilidad social y política de los mecanismos para el adelanto de las mujeres” (Documentos PRIGEPP, 2013).
Movimiento Amplio de Mujeres de Puerto Rico. “Documento para exigir la destitución de la Procuradora de las Mujeres” (Documento sin publicar, disponible de ser solicitado).
Wagner, Peter: “Sociología de la Modernidad” (Documentos PRIGEPP, 2013).